Decreto 26 - ESTABLECE ELEMENTOS DE SEGURIDAD APLICABLES A VEHICULOS MOTORIZADOS - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 243771850

Decreto 26 - ESTABLECE ELEMENTOS DE SEGURIDAD APLICABLES A VEHICULOS MOTORIZADOS

EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

ESTABLECE ELEMENTOS DE SEGURIDAD APLICABLES A VEHICULOS MOTORIZADOS

Núm. 26.- Santiago, 3 de marzo de 2000.- Visto: lo dispuesto por el artículo 7º de la ley Nº 19.633; los artículos 56º y 79º de la ley Nº 18.290; el artículo 58º de la ley Nº 19.496; el decreto supremo número 211, de 1991; el decreto supremo número 54, de 1997; el decreto número 30, de 1985 y la resolución número 54, de 1994, los últimos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, en adelante ''el Ministerio'',

D e c r e t o:

Artículo 1°

A Los vehículos motorizados livianos definidos por el decreto supremo N° 211 y los vehículos motorizados medianos definidos por el decreto supremo N° 54, ambos citados en el Visto, sin perjuicio de otras exigencias, les serán aplicables los elementos de seguridad del artículo siguiente, en la forma y de acuerdo a la obligatoriedad definida en el artículo 3°.

Artículo 2º

Para los fines del presente decreto, los elementos de seguridad que se señalan a continuación, tendrán los significados que se indican:

  1. Cinturón de seguridad: es el elemento destinado a evitar que los ocupantes de un vehículo se desplacen desde sus asientos en caso de impacto;

  2. Vidrio de seguridad para parabrisas: es aquel que, como consecuencia de un impacto, no produce aristas vivas y asegura la mantención de un grado de transparencia razonable para la visibilidad del conductor;

  3. Desempañador de luneta trasera: es aquel dispositivo destinado a evitar el empañamiento del vidrio trasero;

  4. Apoyacabeza: es el elemento ubicado sobre el respaldo de los asientos o que constituye su proyección superior, destinado a limitar el desplazamiento hacia atrás de la cabeza del ocupante;

  5. Espejo retrovisor interior con ajuste día/noche: es aquel que tiene dos posiciones, para uso diurno y nocturno, debiendo ser la última antideslumbrante;

  6. Anclaje de asiento: es aquel que está constituido por los componentes o por el sistema que lo fija a la estructura del vehículo;

  7. Columna de dirección retráctil: es aquella que, en caso de impacto de un vehículo, tiene condiciones para retraerse con el fin de no agredir al conductor;

  8. Sistema de Bolsa de Aire (Air Bag): sistema de retención complementario a los cinturones de seguridad, que en caso de colisión o choque grave del vehículo, despliega e infla automáticamente una estructura flexible, que limita la gravedad de los contactos de una o varias partes del cuerpo de un ocupante del vehículo con el interior del habitáculo; estas bolsas pueden ser frontales, laterales de cuerpo, laterales de cabeza, entre otros;

  9. Sistema antibloqueo de frenos (ABS): es aquel que, bajo ciertas situaciones de frenado, permite que las ruedas no se bloqueen, facilitando al conductor el control del vehículo;

  10. Sistema de protección al ocupante: conjunto de elementos estructurales de la carrocería que brindan protección a los ocupantes del ve-hículo en caso de colisión, choque o volca-dura;

  11. Pretensor para cinturón de seguridad: es aquel sistema que, en caso de colisión, mejora la efectividad del cinturón en resguardo de la seguridad del ocupante;

  12. Limitador de tensión en cinturones de seguridad: componente o característica del cinturón de seguridad que controla la tensión del mismo para regular las fuerzas...

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