Decreto núm. 129, publicado el 29 de Agosto de 2022. MODIFICA DECRETO N° 1.445, DE 1951, DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL, QUE APRUEBA REGLAMENTO DE DISCIPLINA PARA LAS FUERZAS ARMADAS - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 909481036

Decreto núm. 129, publicado el 29 de Agosto de 2022. MODIFICA DECRETO N° 1.445, DE 1951, DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL, QUE APRUEBA REGLAMENTO DE DISCIPLINA PARA LAS FUERZAS ARMADAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DECRETO N° 1.445, DE 1951, DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL, QUE APRUEBA REGLAMENTO DE DISCIPLINA PARA LAS FUERZAS ARMADAS

Santiago, 2 de marzo de 2022.- Con esta fecha se ha decretado lo siguiente:

Núm. 129.

Visto:

Lo dispuesto en el artículo 32, N° , de la Constitución Política de la República de Chile; la Ley N° 20.424, Estatuto Orgánico del Ministerio de Defensa Nacional; la Ley N° 18.948, Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas; el decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas; la ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los órganos de la Administración del Estado; el decreto con fuerza de ley N° 1-19.653, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el decreto supremo N° 1.445, de 14 de diciembre de 1951, del Ministerio de Defensa Nacional, que aprueba el Reglamento de Disciplina para las Fuerzas Armadas, y la resolución N° 6, de 2019, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, para el cumplimiento de los principios de responsabilidad, eficiencia y eficacia, consagrados en la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, se hace necesario modificar el decreto supremo N° 1.445, de 14 de diciembre de 1951, del Ministerio de Defensa Nacional, que aprueba Reglamento de Disciplina para las Fuerzas Armadas.

  2. Que, a consecuencia de ello, es indispensable modernizar y agilizar el sistema recursivo previsto en dicho reglamento disciplinario, adecuándolo a la realidad prevista en otros procesos sancionatorios disciplinarios de la Administración del Estado, eliminando para ello el recurso de apelación sucesivo ante las diversas instancias institucionales castrenses, salvo en los referido a las medidas expulsivas del personal del cuadro permanente y gente de mar y suprimiendo la facultad de modificar de oficio las sanciones administrativas por parte de las autoridades superiores.

  3. Que, también es necesario adecuar el plazo de prescripción de la acción disciplinaria consagrado en este reglamento, conforme a las normas del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas.

Decreto:

Artículo único

Modifícase el decreto supremo N° 1.445, de...

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