Decreto núm 12. Diario oficial 01.04.2021. Ministerio del trabajo y previsión social modifica decreto nº 28, de 2011, que establece componentes, líneas de acción, procedimientos, modalidades y mecanismos de control del programa de formación en el puesto de trabajo del trabajo - Núm. 95, Mayo 2021 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 866718196

Decreto núm 12. Diario oficial 01.04.2021. Ministerio del trabajo y previsión social modifica decreto nº 28, de 2011, que establece componentes, líneas de acción, procedimientos, modalidades y mecanismos de control del programa de formación en el puesto de trabajo del trabajo

AutorRicardo Garrido C.
CargoAbogado
Páginas160-162
160
MANUAL EJECUTIVO LABORAL
DECRETO NÚM 12
DIARIO OFICIAL 01.04.2021
MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
MODIFICA DECRETO Nº 28, DE 2011, QUE ESTABLECE COMPONENTES, LÍNEAS
DE ACCIÓN, PROCEDIMIENTOS, MODALIDADES Y MECANISMOS DE CONTROL
DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN EN EL PUESTO DE TRABAJO
Núm. 12.- Santiago, 16 de marzo de 2021.
Visto:
Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República; en el
decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social,
que establece la Reestructuración y Funciones de la Subsecretaría del Trabajo; las
glosas 7, 11 y 14 asociadas a la partida 15-05-01-24-01-090, de la Ley de Presupuestos
del Sector Público para el año 2021, sin perjuicio de lo que dispongan las normas
presupuestarias en los ejercicios futuros y la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría
General de la República.
Considerando:
1. Que, el 5 de febrero de 2020, se dictó el decreto Nº 4, de 2020, del Ministerio de
Salud, el que decretó Alerta Sanitaria en todo el territorio de la República por el período
de un año y otorgó las facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud
pública de Importancia Internacional, por brote del nuevo coronavirus. El señalado
decreto Nº 4 y sus modicaciones entregaron facultades extraordinarias al Ministerio
de Salud y a los organismos descentralizados que de él dependen;
2. Que, con fecha 18 de marzo de 2020, se declaró estado de excepción constitucional
de catástrofe, por calamidad pública, en el territorio de Chile, a través del decreto
supremo Nº 104, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por un plazo
de 90 días, periodo que ha sido prorrogado tres veces por un plazo adicional de 90
días, cada uno, mediante los decretos supremos Nº 269, de fecha 12 de junio; Nº
400, de fecha 10 de septiembre, y Nº 646, de fecha 9 de diciembre, todos de 2020 y
del mismo Ministerio;
3. Que, nalmente, mediante el decreto supremo Nº 72, de fecha 11 de marzo de 2021,
del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se prorrogó la vigencia del estado de
excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, hasta el día 30 de junio
de 2021; 4. Que, con fecha 20 de marzo de 2020, se dictó el decreto supremo Nº 107,
de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, declarándose zonas afectadas
por catástrofe, y por un plazo de doce meses, las 346 comunas correspondientes a
las 16 regiones del país; 5. Que, el decreto Nº 28, de 2011, del Ministerio del Trabajo
y Previsión Social, y sus modicaciones, establece componentes, líneas de acción,
procedimientos, modalidades y mecanismos de control del Programa de Formación
en el Puesto de Trabajo (en adelante, indistintamente también el “Programa”) que
tiene por objeto generar acciones para facilitar la inserción laboral de las personas

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