Decreto núm. 1187 EXENTO, publicado el 18 de Julio de 2018. MODIFICA DECRETO DE EDUCACIÓN N° 123 EXENTO, DE 1989, DEL INSTITUTO PROFESIONAL DE ARTE Y COMUNICACIÓN ARCOS - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 732419225

Decreto núm. 1187 EXENTO, publicado el 18 de Julio de 2018. MODIFICA DECRETO DE EDUCACIÓN N° 123 EXENTO, DE 1989, DEL INSTITUTO PROFESIONAL DE ARTE Y COMUNICACIÓN ARCOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DECRETO DE EDUCACIÓN N° 123 EXENTO, DE 1989, DEL INSTITUTO PROFESIONAL DE ARTE Y COMUNICACIÓN ARCOS

Núm. 1.187 exento.- Santiago, 5 de octubre de 2017.

Considerando:

Que, el Instituto Profesional de Arte y Comunicación Arcos, ha sido reconocido oficialmente en virtud de las normas contenidas en el DFL Nº 5, de 1981, mediante decreto exento Nº 123, de 1989, modificado por decretos exentos Nº 304, de 1990; Nº 279, de 1993; y Nº 323, de 1999, todos de Educación, e inscrito en el Registro correspondiente con el Nº 50;

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 110 del DFL Nº 2, de 2009, de Educación, publicado en el Diario Oficial el 2 de julio de 2010, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la ley Nº 20.370, Ley General de Educación, con las normas no derogadas del DFL Nº 1, de 2005, se considera de pleno derecho reconocido oficialmente;

Que, con fecha 14 de diciembre de 2016 el Rector del Instituto Profesional de Arte y Comunicación Arcos informa la transformación de la persona jurídica organizadora de la institución, esto es, Sociedad Instituto Profesional de Arte y Comunicación Arcos S.A., en una persona jurídica sin fines de lucro denominada Corporación Instituto de Arte y Comunicación Arcos, en virtud de lo establecido en la Ley Nº 20.980 que "Permite la transformación de los Institutos Profesionales y Centros de Formación Técnica en personas jurídicas sin fines de lucro";

Que, en los antecedentes acompañados por la institución, se optó por el primer mecanismo de conversión, regulado en el artículo 1º, inciso 1º de la Ley N° 20.980, que dispone lo siguiente: "Facúltase a las sociedades de cualquier tipo, organizadoras de Institutos Profesionales o Centros de Formación Técnica reconocidos oficialmente, autónomos y acreditados, para transformarse en corporaciones de derecho privado sin fines de lucro regidas por el Título XXXIII del Libro Primero del Código Civil, mediante la reforma de sus instrumentos constitutivos, subsistiendo su personalidad jurídica, sin solución de continuidad";

Que, dichos documentos para el registro de la nueva persona jurídica sin fines de lucro como continuadora legal de la sociedad organizadora del Instituto Profesional de Arte y Comunicación Arcos, corresponden al Acta de la Junta Extraordinaria de Accionista de la Sociedad Instituto Profesional de Arte y Comunicación Arcos S.A., celebrada y reducida a escritura pública con fecha 14 de diciembre de 2016...

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