Decreto núm. 118, publicado el 23 de Octubre de 2021. MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'SISTEMA AMÉRICO VESPUCIO NOR-PONIENTE, AV. EL SALTO - RUTA 78', Y APRUEBA CONVENIO AD - REFERÉNDUM Nº 3 - MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 877172704

Decreto núm. 118, publicado el 23 de Octubre de 2021. MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'SISTEMA AMÉRICO VESPUCIO NOR-PONIENTE, AV. EL SALTO - RUTA 78', Y APRUEBA CONVENIO AD - REFERÉNDUM Nº 3

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyDecreto

MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA "SISTEMA AMÉRICO VESPUCIO NOR-PONIENTE, AV. EL SALTO - RUTA 78", Y APRUEBA CONVENIO AD - REFERÉNDUM Nº 3

Núm. 118.- Santiago, 25 de junio de 2021.

Vistos:

El DFL MOP Nº 850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas, y del DFL Nº 206, de 1960, Ley de Caminos.

El Decreto Supremo MOP Nº 900 de 1996, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL MOP Nº 164, de 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas, en especial su artículo 19º.

El Decreto Supremo MOP Nº 956 de 1997, Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas, en especial el artículo 69°.

La Ley Nº 21.044, de fecha 17 de noviembre de 2017, que crea la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

El DFL MOP Nº 7, de fecha 25 de enero de 2018, que fija la planta de personal y fecha de iniciación de actividades de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

El Decreto Supremo MOP Nº 493, de fecha 5 de marzo de 2002, que adjudicó el contrato de concesión para la ejecución, conservación y explotación de la obra pública fiscal denominada "Sistema Américo Vespucio Nor-Poniente, Av. El Salto - Ruta 78".

Los Oficios Ords. Nº 8469/16, de fecha 15 de junio de 2016, y Nº 8545/16, de fecha 6 de julio de 2016, ambos del Inspector Fiscal.

El Oficio Ord . Nº 1700/345/2016, de fecha 11 de julio de 2016, del Director de Obras Municipales de la l. Municipalidad de Huechuraba.

El Oficio Ord Nº 8574/16, de fecha 15 de julio de 2016, del Inspector Fiscal.

La Carta GGE/16/51181/MOP, de fecha 15 de julio de 2016, de la Sociedad Concesionaria. La Resolución DGOP (Exenta) Nº 2584, de fecha 22 de julio de 2016.

El Oficio Ord. Nº 8627/16, de fecha 2 de agosto de 2016, del Inspector Fiscal.

La Carta GEX/16/51680/MOP, de fecha 6 de septiembre de 2016, de la Sociedad Concesionaria, y el Protocolo de Verificación de la correcta ejecución de la obra denominada "Demolición Rampa Norte Pasarela Mercurio", de fecha 31 de agosto de 2016.

El Oficio Ord. Nº 8751/16, de fecha 21 de septiembre de 2016, del Inspector Fiscal.

La Carta GEX/16/51903/MOP, de fecha 5 de octubre de 2016, de la Sociedad Concesionaria. El Oficio Ord. Nº 051/73, de fecha 7 de octubre de 2016, del Jefe de la División de Evaluación Social de Inversiones del Ministerio de Desarrollo Social.

El Oficio Ord . Nº 8846/16, de fecha 28 de octubre de 2016, del Inspector Fiscal.

El Decreto Supremo MOP Nº 270, de fecha 21 de diciembre de 2016, que modificó las características de las obras y servicios del Contrato de Concesión y aprobó el Convenio Ad-Referéndum Nº 1.

El Oficio Ord. Nº 12433/2020, de fecha 1 de septiembre de 2020, del Inspector Fiscal.

El Oficio Ord Nº 0153, de fecha 3 de noviembre de 2020, de la Jefa de la División de Operaciones de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

El Documento Digital/Resolución Nº: 2021131O123, de fecha 25 de enero de 2021, rectificado por Documento Digital/Resolución Nº: 20211310152, de fecha 5 de febrero de 2021, ambos de la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago.

El Memorándum Nº 68, de fecha 9 de febrero de 2021, del Jefe de la División de Participación, Medio Ambiente y Territorio de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas. La Carta GEX/21/63778/MOP, de fecha 22 de febrero de 2021, de la Sociedad Concesionaria. El Oficio Ord . Nº 12620/21, de fecha 10 de marzo de 2021, del Inspector Fiscal.

El Oficio Ord. E. Nº 44, de fecha 16 de abril de 2021, de la Jefa de la División de Operaciones de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

El Oficio Ord. Nº 051/1129, de fecha 23 de abril de 2021, de la Jefa de la División de Evaluación Social de Inversiones de la Subsecretaría de Evaluación Social.

El Oficio Ord. Nº 12689/21, de fecha 19 de mayo de 2021, del Inspector Fiscal.

La Carta GEX/21/64356/MOP, de fecha 20 de mayo de 2021, de la Sociedad Concesionaria. El Oficio Ord. Nº 12692/21, de fecha 25 de mayo de 2021, del Inspector Fiscal.

El Oficio Ord. Nº 12693/21, de fecha 25 de mayo de 2021, del Inspector Fiscal.

El Oficio Ord. (E) Nº 066, de fecha 25 de mayo de 2021, de la Jefa de la División de Operaciones de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

El Oficio Ord. (E) Nº 067, de fecha 25 de mayo de 2021, de la Jefa de la División de Operaciones de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

La Resolución DGC Nº 0028 (Exenta), de fecha 25 de mayo de 2021.

La Resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fijó normas sobre exención del trámite de la Toma de Razón.

Considerando:

  1. Que los artículos 19º de la Ley de Concesiones de Obras Públicas y 69º de su Reglamento, establecen que el Ministerio de Obras Públicas, en adelante el "MOP", desde que se perfeccione el contrato, podrá modificar, por razones de interés público, las características de las obras y servicios contratados, debiendo compensar al concesionario con las indemnizaciones necesarias en caso de perjuicio, acordando con aquél indemnizaciones que podrán expresarse en el plazo de la concesión, en las tarifas, en los aportes o subsidios o en otros factores del régimen económico de la concesión pactados, pudiendo utilizar uno o varios factores a la vez.

  2. Que el artículo 69º Nº 4 del Reglamento agrega que el Director General de Obras Públicas, con el Visto Bueno del Ministro de Obras Públicas y del Ministro de Hacienda, por razones de urgencia, podrá exigir la modificación de las obras y servicios desde el momento que lo estime conveniente, aunque esté pendiente la determinación sobre la indemnización.

  3. Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley Nº 21.044 de 2017, desde la fecha de inicio de las funciones de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas fijada en el DFL MOP Nº 7 de 2018, ésta asumió la totalidad de las competencias, funciones y atribuciones que desempeñaba la Dirección General de Obras Públicas, por sí y a través de la Coordinación de Concesiones de Obras Públicas, dispuestas en el DFL MOP Nº 850 de 1997, Ley Orgánica del Ministerio de Obras Públicas, relacionadas con la Ley de Concesiones de Obras Públicas, y por tanto, está encargada especialmente de continuar la gestión de los contratos de estudios, asesorías y concesión a través de sus etapas de proyecto, construcción y explotación, respecto de todos los contratos que, hasta la fecha de entrada en vigor de esa ley, la Dirección General de Obras Públicas tenía a su cargo.

  4. Que en el artículo 2. 3.1.4 de las Bases de Licitación del Contrato de Concesión de la obra pública fiscal denominada "Sistema Américo Vespucio Nor-Poniente, Av. El Salto -Ruta 78", en adelante el "Contrato de Concesión", se estableció la obligación de la Sociedad Concesionaria de ejecutar un conjunto de pasarelas, con la finalidad de dar una adecuada conectividad transversal a la vía. Dentro de dichas pasarelas se encuentra la denominada "Pasarela Mercurio" emplazada en el Km 31,309 de la ruta.

  5. Que durante el primer semestre del año 2016 la Ilustre Municipalidad de Huechuraba se encontraba ejecutando las obras de extensión de la calle Santa Rosa de Huechuraba, la cual se conectaba con la caletera de Américo Vespucio Norte, en el sector en que se emplazaba la rampa norte de la Pasarela Mercurio, por lo que existía una interferencia entre dicha pasarela y la extensión de la calle Santa Rosa.

  6. Que, atendido lo indicado en el considerando precedente, la l. Municipalidad de Huechuraba y el MOP se abocaron al estudio de las soluciones transitorias y definitivas para modificar el emplazamiento de la rampa norte de la Pasarela Mercurio.

  7. Que el Inspector Fiscal del Contrato de Concesión, mediante Oficios Ord. Nº 8469/16, de 15 de junio de 2016 y Nº 8545/16, de 6 de julio de 2016, solicitó a la l. Municipalidad de Huechuraba ratificar los compromisos contraídos por dicho municipio en diversas reuniones de trabajo respecto a las acciones de colaboración necesarias para materializar la modificación de la rampa norte de la Pasarela Mercurio.

  8. Que el Director de Obras Municipales de la l. Municipalidad de Huechuraba, mediante Oficio Ord. Nº 1700/345/2016, de 11 de julio de 2016, solicitó dar urgencia a la demolición de la citada rampa norte, dado que la calle Santa Rosa se encontraba ejecutada casi en su totalidad, faltando solamente el empalme con la calle local de Américo Vespucio, lo que permitía consolidar una alternativa paralela a Av. Pedro Fontova desde Av. El Guanaco Norte hasta Av. Américo Vespucio. Agregó que se estudiaron alternativas para evitar la demolición de la Pasarela Mercurio pero que todas ellas dilatarían en varios años la concreción del proyecto y adicionarían importantes riesgos de seguridad vial. Por último, indicó que se estaba trabajando en una solución peatonal provisoria junto a la empresa Movicenter, propietaria de los terrenos colindantes a la rampa norte de la Pasarela.

  9. Que en virtud de lo señalado precedentemente, mediante Resolución DGOP (Exenta) Nº 2584, de fecha 22 de julio de 2016, se modificaron, por razones de interés público y urgencia, las caracteristicas de las obras y servicios del Contrato de Concesión, con el objeto de disponer la demolición de la rampa norte de la Pasarela Mercurio, conforme a los términos de referencia y procedimiento constructivo adjuntos al Oficio Ord Nº 8574/16, de fecha 15 de julio de 2016, del Inspector Fiscal.

    Lo anterior toda vez que la demolición de la citada rampa permitirla la apertura de la nueva calle Santa Rosa de Huechuraba, la cual aportarla en la solución del grave problema de conectividad vial que presentaba el sector de Pedro Fontova y Guanaco Norte en la Comuna de Huechuraba, vialidad que era direccionada principalmente por la Av. Pedro...

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