Decreto núm. 116, publicado el 09 de Noviembre de 2017. DISPONE EL CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN 2.356 (2017) Y SUS ANEXOS I Y II, APROBADA POR EL CONSEJO DE SEGURIDAD DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS, RELATIVA A LA REPÚBLICA POPULAR DEMOCRÁTICA DE COREA - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 696303593

Decreto núm. 116, publicado el 09 de Noviembre de 2017. DISPONE EL CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN 2.356 (2017) Y SUS ANEXOS I Y II, APROBADA POR EL CONSEJO DE SEGURIDAD DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS, RELATIVA A LA REPÚBLICA POPULAR DEMOCRÁTICA DE COREA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

DISPONE EL CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN 2.356 (2017) Y SUS ANEXOS I Y II, APROBADA POR EL CONSEJO DE SEGURIDAD DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS, RELATIVA A LA REPÚBLICA POPULAR DEMOCRÁTICA DE COREA

Núm. 116.- Santiago, 22 de junio de 2017.

Vistos:

Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 15 y 54 Nº 1, inciso cuarto, de la Constitución Política de la República y el artículo 25 de la Carta de las Naciones Unidas.

Considerando:

Que el decreto supremo Nº 366, de 9 de noviembre de 2006, del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial el 20 de junio de 2007, dispuso el cumplimiento de la resolución 1.718 (2006), de 14 de octubre de 2006, del Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas, por medio de la cual adopta medidas contra la República Popular Democrática de Corea;

Que el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas, por medio de su resolución 2.356 (2017), de 2 de junio de 2017, relativa a la República Popular Democrática de Corea, amplía la aplicación de las medidas establecidas en la resolución 1.718 (2006), en relación con las personas y entidades especificadas en los anexos I y II de la referida resolución 2.356 (2017).

Decreto:

Artículo primero

El Gobierno de la República de Chile decide dar estricto y fiel cumplimiento a la resolución 2.356 (2017), de 2 de junio de 2017 y sus anexos I y II, aprobada por el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas, relativa a la República Democrática de Corea.

Artículo segundo

A los efectos de lo dispuesto en el artículo primero, las autoridades y órganos del Estado velarán para que en el ámbito de sus atribuciones se dé cumplimiento a lo dispuesto en la resolución 2.356 (2017), de 2 de junio de 2017.

Artículo tercero

Una copia íntegra y autorizada de la resolución 2.356 (2017), del Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas, de 2 de junio de 2017, y sus anexos I y II, se publicará en el Diario Oficial.

Anótese, tómese razón y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Heraldo Muñoz Valenzuela, Ministro de Relaciones Exteriores.- Mario Fernández Baeza, Ministro del Interior y Seguridad Pública.- José Antonio Gómez Urrutia, Ministro de Defensa Nacional.- Rodrigo Valdés Pulido, Ministro de Hacienda.

Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- José Miguel Cruz Sánchez, Embajador, Director General Administrativo.

Resolución 2356 (2017)

Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 7958ª sesión, celebrada el 2 de junio de 2017

El Consejo de Seguridad,

Recordando sus resoluciones anteriores pertinentes, incluidas las resoluciones 825 (1993), 1540 (2004), 1695 (2006), 1718 (2006), 1874 (2009), 1887 (2009), 2087 (2013), 2094 (2013), 2270 (2016) y 2321 (2016), así como las declaraciones de su Presidencia de 6 de octubre de 2006 (S/PRST/2006/41) 13 de abril de 2009 (S/PRST/2009/7) y 16 de abril de 2012 (S/PRST/2012/13),

Reafirmando que la proliferación de las armas nucleares, químicas y biológicas, así como de sus sistemas vectores, constituye una amenaza para la paz y la seguridad internacionales,

Expresando grave inquietud por que la RPDC haya continuado violando las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad mediante repetidos lanzamientos e intentos de lanzamiento de misiles balísticos, y observando que todas esas actividades relacionadas con misiles balísticos contribuyen al desarrollo por la RPDC de sistemas vectores de armas nucleares y acrecientan la tensión en la región y fuera de ella,

Expresando gran preocupación por que las ventas de armamentos por la RPDC hayan producido ingresos que se desvían hacia el desarrollo de armas nucleares y misiles balísticos en tanto que los ciudadanos de la RPDC padecen grandes necesidades insatisfechas,

Expresando su máxima preocupación por que las actividades nucleares y relacionadas con misiles balísticos que está realizando la RPDC hayan generado un aumento aún mayor de la tensión en la región y fuera de ella, y habiendo determinado que sigue existiendo una clara amenaza para la paz y la seguridad internacionales,

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