Decreto núm. 107 EXENTO, publicado el 23 de Mayo de 2020. MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES, QUE ÚNICAMENTE PROVEA INFRAESTRUCTURA FÍSICA PARA TELECOMUNICACIONES, A LA EMPRESA ATC SITIOS DE CHILE S.A. - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 846218015

Decreto núm. 107 EXENTO, publicado el 23 de Mayo de 2020. MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES, QUE ÚNICAMENTE PROVEA INFRAESTRUCTURA FÍSICA PARA TELECOMUNICACIONES, A LA EMPRESA ATC SITIOS DE CHILE S.A.

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES, QUE ÚNICAMENTE PROVEA INFRAESTRUCTURA FÍSICA PARA TELECOMUNICACIONES, A LA EMPRESA ATC SITIOS DE CHILE S.A.

Santiago, 31 de enero de 2020.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 107 exento.

Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. La resolución N° 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

  4. El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  5. El decreto supremo N° 99 de 2012 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fija el reglamento que establece los requisitos para obtener, instalar, operar y explotar concesiones de servicios intermedio de telecomunicaciones que únicamente provean infraestructura física para telecomunicaciones.

  6. El decreto supremo N° 56 de 22 de abril de 2013 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión y sus modificaciones posteriores.

    Considerando:

  7. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 99.247 de 22.07.2019.

  8. Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14°, de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15° y 16° de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.

    Decreto:

    Modifícase la concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, que únicamente provea infraestructura física para telecomunicaciones, otorgada a la empresa ATC Sitios de Chile S.A., RUT Nº 76.101.962-7, con domicilio en Cerro El Plomo N° 5420, oficina N° 405, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.

    1. Autorízase a la concesionaria a rectificar las coordenadas geográficas de doce (12) sitios, autorizados por decreto N° 56 de 22.04.2013, según se indica a...

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