Decreto núm. 56, publicado el 21 de Diciembre de 2013. OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA ATC SITIOS DE CHILE S.A.
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA ATC SITIOS DE CHILE S.A.
Santiago, 22 de abril de 2013.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 56.- Vistos:
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El decreto ley Nº1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
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La Ley Nº18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
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La resolución Nº1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
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El decreto supremo Nº103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
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El decreto supremo Nº99 de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fija el reglamento que establece los requisitos para obtener, instalar, operar y explotar concesiones de servicios intermedios de telecomunicaciones que únicamente provean infraestructura física para telecomunicaciones.
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Los decretos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que autorizaron las infraestructuras existentes, y que se detallan en el punto 1 del presente decreto.
Considerando:
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Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº71.414 de 29.08.2012, complementado mediante ingresos Subtel Nº81.241 de 10.10.2012, Nº90.706 de 19.11.2012, Nº28.462 de 21.03.2013, Nº31.211 de 04.04.2013 y Nº33.329 de 15.04.2013.
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Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de concesión.
Decreto:
Otórgase concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, que únicamente provea infraestructura física para telecomunicaciones, a la empresa ATC Sitios de Chile S.A., RUT Nº76.101.962-7, con domicilio en Cerro El Plomo Nº5.420, oficina Nº405, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
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Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar un Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, que únicamente provea infraestructura física para telecomunicaciones, por medio de instalaciones y redes destinadas al efecto, tal como sigue:
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La zona de servicio corresponde al Territorio Nacional. Las características técnicas de las instalaciones corresponden a torres soportes de antenas y sistemas radiantes conforme ya fueron autorizados. Dado que las mismas ya se...
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