Decreto núm. 1, publicado el 16 de Enero de 2019. TRASPASA PERSONAL DESDE LA SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS SOCIALES A LA SUBSECRETARÍA DE LA NIÑEZ, AMBAS PERTENECIENTES AL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 756741553

Decreto núm. 1, publicado el 16 de Enero de 2019. TRASPASA PERSONAL DESDE LA SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS SOCIALES A LA SUBSECRETARÍA DE LA NIÑEZ, AMBAS PERTENECIENTES AL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Rango de LeyDecreto

TRASPASA PERSONAL DESDE LA SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS SOCIALES A LA SUBSECRETARÍA DE LA NIÑEZ, AMBAS PERTENECIENTES AL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Santiago, 20 de septiembre de 2018.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 1.

Visto:

Lo dispuesto en la ley Nº 20.530, que crea el Ministerio de Desarrollo Social, la ley 21.090, que crea la Subsecretaría de la Niñez; el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2018, del Ministerio de Desarrollo Social, que fija planta de personal de la Subsecretaría de la Niñez, del Ministerio de Desarrollo Social, determina fecha de inicio de actividades y regula otras materias a que se refiere el artículo primero transitorio de la ley Nº 21.090; en el decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo, y la resolución Nº 10, de 2017, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón en materia de personal que indica y demás antecedentes que se adjuntan.

Decreto:

  1. Traspásese, sin solución de continuidad, desde la Subsecretaría de Servicios Sociales a la Subsecretaría de la Niñez, a contar del 1º de julio de 2018 de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2018, del Ministerio de Desarrollo Social que fija planta de personal de la Subsecretaría de la Niñez, del Ministerio de Desarrollo Social, determina fecha de inicio de actividades y regula otras materias a que se refiere el artículo primero transitorio de la ley Nº 21.090, a tres funcionarios asimilados a la planta de profesionales que se desempeñen en la Unidad de la Niñez de la Subsecretaría de Servicios Sociales que a continuación se individualizan.

  2. Téngase presente que el uso de las facultades señaladas en el numeral 4º del articulo trigésimo sexto transitorio de la ley Nº 21.090, no podrá tener como consecuencia ni podrán ser considerados como causal de término de servicios, supresión de cargos, cese de funciones o término de la relación laboral del personal traspasado. Tampoco podrá importar cambio de la residencia habitual de los funcionarios fuera de la región en que estén prestando servicios, salvo con su consentimiento. Del mismo modo, no podrá significar pérdida del empleo, disminución de remuneraciones, ni modificación de derechos previsionales de personal traspasado.

    De esta manera, cualquier diferencia de remuneraciones se...

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