Decreto núm. 6390, publicado el 30 de Diciembre de 2004. APRUEBA MODIFICACIONES A ORDENANZA DE DERECHOS MUNICIPALES
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE PUDAHUEL |
Rango de Ley | Decreto |
APRUEBA MODIFICACIONES A ORDENANZA DE DERECHOS MUNICIPALES
Pudahuel, diciembre 22 de 2004.- La Alcaldía decretó hoy:
Núm. 6.390.- Vistos:
-
- Lo acordado por el Concejo Municipal en sesión ordinaria Nº 2, de fecha 22 de diciembre del 2004;
-
- El D.A. Nº 0025 del 03.01.00, que delega firma y funciones en la Directora de Asesoría Jurídica Sra. Claudia Sabal Awad;
Y teniendo presente: Las facultades que me confiere la ley Nº 18.695/92 (Refundida) Orgánica Constitucional de Municipalidades;
Decreto:
-
Apruébanse las modificaciones a la Ordenanza de Derechos Municipales, que se señalan a continuación, las cuales regirán a contar del 1
de enero del 2005:
1.1. Artículo 5:
- Nº 4, en el inciso final, se modifica la
palabra Jungi por Junta Nacional de
Jardines Infantiles.
- Nº 6, en relación a la poda de árboles,
se rebajan los valores a:
25% UTM a 15% UTM
40% UTM a 30% UTM
70% UTM a 60% UTM
1 UTM a 70% UTM.
Se agrega la siguiente exención:
Se eximirá del pago de los derechos señalados en el número 6 del artículo 5, a las personas de la tercera edad y a los vecinos que se encuentran en situación de extrema pobreza que lo soliciten previo Informe Social.
- Se agrega Nº 13:
Servicio de retiro de basuras de ferias navideñas, artesanales, de calzado, de libros y/o similares por ML
por día de funcionamiento VALOR 0,30% UTM.
1.2. Artículo 9:
- Nº 1, se modifica su redacción, quedando de la siguiente forma:
1.1. Verificación de número de motor, chasis, color, transformaciones, clasificaciones y otros afines incluido el certificado correspondiente cuando sea el caso, efectuado en la Municipalidad, VALOR 10% UTM.
1.2. Verificación de número de motor, chasis, color, transformaciones, clasificaciones y otros afines incluido el certificado correspondiente cuando sea el caso y se efectúe a domicilio, VALOR 15% UTM.
- Nº 4, queda su redacción de la siguiente forma:
Cambio de tarifa o cambio de
taxímetro VALOR 10% UTM.
- Nº 6, queda del siguiente tenor:
Sello verde, sello rojo, sello amarillo (D.S. 211/21 MITRATEL)
1.3. Artículo 11:
- Nº 1, se modifica el texto, quedando del siguiente tenor:
-
Inscripción (incluye placa y padrón) para carros y remolques, cuyo peso bruto vehicular, sea menor a 3.860 Kilogramos
VALOR 20% U.T.M.
- Nº 3, se modifica redacción, debiendo decir:
Duplicado de Placa (Incluye placa provisoria) para carros y remolques, cuyo peso bruto vehicular, sea menor a 3.860 Kilogramos
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