Decreto núm. 30, publicado el 31 de Enero de 1994. MODIFICA ORDENANZA NUMERO 1, DE 1990 - MUNICIPALIDAD DE PAREDONES - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 471171406

Decreto núm. 30, publicado el 31 de Enero de 1994. MODIFICA ORDENANZA NUMERO 1, DE 1990

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE PAREDONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA ORDENANZA NUMERO 1, DE 1990

Núm.30.- Paredones, 25 de enero de 1994.- Vistos:

  1. - El Art. 43 y siguienes de la Ley No. 3.063, sobre Rentas Municipales.

  2. - La Ordenanza No. 01 del 01.02.90 de la I. Municipalidad de Paredones.

  3. - El Acuerdo del Concejo Comunal en sesión ordinaria de fecha 21.01.94.

  4. - Las facultades que me confiere la Ley No.

    18.695 de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades, modificada por la Ley Nº 19.130 de Marzo de 1992.

    Decreto:

  5. - Modifícase la Ordenanza del Vistos No. 2 en los artículos que se indican, como sigue:

Artículo 5

5.1.- Retiro de escombros de la vía pública,

por M3 o fracción 10% UTM

5.2.- Retiro de ramas, hojas y otros

provenientes de jardínes, por M3 o

fracción 5% UTM

5.4.- Servicios especiales de recolección de

basura, según artículo 8º del Decreto

Supremo 261/80 del Ministerio del Interior,

por promedio de litros sobre la cuota

básica, por litro 3% UTM

5.6.- Reposición de árboles extraídos a

petición de particulares, incluyendo

el valor del árbol 10% UTM

Artículo 7

7.1.- Motos, motocicletas, motonetas y

bicicletas 0,5% UTM

7.2.- Automóviles y furgones utilitarios 3% UTM

Artículo 12

12.2.- Puesto de expendio de frutas y verduras

de la temporada, en la vía pública

y/o recintos particulares, por mes o

fracción 25% UTM

12.4.- Ferias artesanales de juguetes, libros,

vestuarios proporcionales y similares,

en la vía pública y recintos particulares

  1. Vía pública, por mes o fracción 20% UTM

    12.5.- Autorizaciones especiales transitorias

    para expendio de bebidas alcohólicas en

    fuentes de soda, particulares e

    instituciones que no persiguen fines de

    lucro, según Art. 159 de la Ley No.

    17.105, sobre alcoholes, bebidas

    alcohólicas y vinagres. Fondas, ramadas,

    kioskos y stands:

  2. Fuentes de soda y particulares,

    diario 100% UTM

Artículo 13

13.10.- Ocupación de un Bien Nacional de Uso Público

con fines comerciales, no especificados

anteriormente, por M2 o fracción, por mes

o fracción 7% UTM

Artículo 17

17.9.- Aprobación de planos para venta por pisos

por unidad a vender 5% UTM

17.10.- Certificado de número, informaciones

previas y venta...

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