Decreto con Fuerza de Ley núm. 1, publicado el 11 de Abril de 2023. FIJA PLANTA DE DIRECTIVOS DEL SERVICIO NACIONAL DE REINSERCIÓN SOCIAL JUVENIL, Y REGULA OTRAS MATERIAS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO TERCERO TRANSITORIO DE LA LEY Nº 21.527
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS |
Rango de Ley | Decreto con Fuerza de Ley |
FIJA PLANTA DE DIRECTIVOS DEL SERVICIO NACIONAL DE REINSERCIÓN SOCIAL JUVENIL, Y REGULA OTRAS MATERIAS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO TERCERO TRANSITORIO DE LA LEY Nº 21.527
DFL Núm. 1.- Santiago, 20 de febrero de 2023.
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 64 de la Constitución Política de la República de Chile, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el decreto con fuerza de ley Nº 3, de 2016, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; en la ley Nº 21.527, que crea el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil e introduce modificaciones a la ley Nº 20.084, sobre responsabilidad penal de adolescentes, y a otras normas que indica y en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón; dicto el siguiente:
Decreto con fuerza de ley:
Fíjase la planta de directivos del Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil:
PLANTA DE DIRECTIVOS
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Primer Nivel Jerárquico, Título VI de la ley Nº 19.882.
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Segundo Nivel Jerárquico, Título VI de la ley Nº 19.882.
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Directivo de exclusiva confianza provisto de conformidad al inciso cuarto del artículo 17 de la ley Nº 21.527.
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Directivos afectos al artículo 8º del Estatuto Administrativo del decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo.
Establécese que los requisitos para el ingreso a la planta de directivos y cargos del Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil que se indican son los siguientes:
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Director/a Nacional, Subdirector Técnico, Subdirector Administrativo, Director/a, Directores/as Regionales, Secretario Ejecutivo del Consejo de Estándares y Acreditación:
Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado...
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