Decreto con Fuerza de Ley núm. 1, publicado el 11 de Abril de 2023. FIJA PLANTA DE DIRECTIVOS DEL SERVICIO NACIONAL DE REINSERCIÓN SOCIAL JUVENIL, Y REGULA OTRAS MATERIAS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO TERCERO TRANSITORIO DE LA LEY Nº 21.527 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 928533334

Decreto con Fuerza de Ley núm. 1, publicado el 11 de Abril de 2023. FIJA PLANTA DE DIRECTIVOS DEL SERVICIO NACIONAL DE REINSERCIÓN SOCIAL JUVENIL, Y REGULA OTRAS MATERIAS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO TERCERO TRANSITORIO DE LA LEY Nº 21.527

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Rango de LeyDecreto con Fuerza de Ley

FIJA PLANTA DE DIRECTIVOS DEL SERVICIO NACIONAL DE REINSERCIÓN SOCIAL JUVENIL, Y REGULA OTRAS MATERIAS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO TERCERO TRANSITORIO DE LA LEY Nº 21.527

DFL Núm. 1.- Santiago, 20 de febrero de 2023.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 64 de la Constitución Política de la República de Chile, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el decreto con fuerza de ley Nº 3, de 2016, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; en la ley Nº 21.527, que crea el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil e introduce modificaciones a la ley Nº 20.084, sobre responsabilidad penal de adolescentes, y a otras normas que indica y en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón; dicto el siguiente:

Decreto con fuerza de ley:

Artículo 1°

Fíjase la planta de directivos del Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil:

PLANTA DE DIRECTIVOS

  1. Primer Nivel Jerárquico, Título VI de la ley Nº 19.882.

  2. Segundo Nivel Jerárquico, Título VI de la ley Nº 19.882.

  3. Directivo de exclusiva confianza provisto de conformidad al inciso cuarto del artículo 17 de la ley Nº 21.527.

  4. Directivos afectos al artículo 8º del Estatuto Administrativo del decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo.

Artículo 2°

Establécese que los requisitos para el ingreso a la planta de directivos y cargos del Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil que se indican son los siguientes:

  1. Director/a Nacional, Subdirector Técnico, Subdirector Administrativo, Director/a, Directores/as Regionales, Secretario Ejecutivo del Consejo de Estándares y Acreditación:

    Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado...

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