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Decreto núm. 4573 EXENTO, publicado el 08 de Septiembre de 2006. APRUEBA ORDENANZA SOBRE TRABAJOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE VALDIVIA
Rango de LeyDecreto

APRUEBA ORDENANZA SOBRE TRABAJOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD

Núm. 4.573 exento.- Valdivia, 23 de agosto de 2006.- Vistos: Las facultades que me confiere la ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades y teniendo presente:

  1. - Lo dispuesto en el artículo 20 bis de la ley 18.287 sobre Procedimientos ante los Juzgados de Policía Local.

  2. - Que es necesario establecer el procedimiento por el cual se regirá la realización de trabajos a beneficio de la comunidad que podrán efectuar los infractores que determine el Juez de Policía Local, en virtud de la norma legal antes citada.

  3. - El acuerdo del Concejo Municipal Nº 221, de fecha 8 de agosto de 2006,

    Decreto:

  4. - Apruébase la siguiente ordenanza sobre trabajos en beneficio de la comunidad para cumplir sentencias dictadas por el Juez de Policía Local.

     

    Artículo Nº 1: La ley 18.287 otorga al Juez de Policía Local la facultad de conmutar todo o parte de la multa aplicada por la realización de trabajos en beneficio de la comunidad, contenidos en un plan establecido por la Municipalidad.

    Artículo Nº 2: El tiempo de duración de los trabajos estará determinado por la reducción del modo de la multa a días, a razón de un día por cada media Unidad Tributaria Mensual, que efectuará el Juez de Policía Local, los que se fraccionarán en horas para contemplar media jornada laboral, entendiéndose que la jornada completa comprende 8 horas.

    Artículo Nº 3: Los trabajos señalados se efectuarán los días sábado de 9:00 a 13:00 horas.

    Artículo Nº 4: Los tipos de trabajo en beneficio de la comunidad que podrán realizar las personas cuyas multas sean conmutadas por el Juez de Policía Local serán los siguientes:

    1. Pintura de mobiliario urbano, edificios, recintos y escuelas municipales, y locales de organizaciones comunitarias.

    2. Barrido de calles.

    3. Limpieza de sitios eriazos.

    4. Labores de limpieza y aseo del entorno exterior de edificios, recintos o escuelas municipales, y comunitarios.

    Para los efectos de lo dispuesto en este artículo, la Municipalidad, a través de la Unidad Municipal encargada de supervisar las resoluciones dictadas conforme a la presente ordenanza, hará llegar a los Jueces de Policía Local de la comuna cada dos meses un listado con los requerimientos específicos de trabajos, con el fin de que éstos puedan mejor resolver y así dar cabal cumplimiento a lo indicado en la ley.

    Artículo Nº 5: Las Unidades Municipales encargadas de supervisar el cumplimiento de las resoluciones adoptadas por...

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