Decreto 14560 EXENTO - MODIFICA ORDENANZA Nº 13 SOBRE DERECHOS MUNICIPALES, DE 1994 - MUNICIPALIDAD DE SAN BERNARDO - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 239215890

Decreto 14560 EXENTO - MODIFICA ORDENANZA Nº 13 SOBRE DERECHOS MUNICIPALES, DE 1994

EmisorMUNICIPALIDAD DE SAN BERNARDO
Rango de LeyDecreto

MODIFICA ORDENANZA Nº 13 SOBRE DERECHOS MUNICIPALES, DE 1994

Núm. 14.560 exento.- San Bernardo, 20 de noviembre de 2009.- Vistos:

- La ordenanza local Nº 13 sobre "Derechos Municipales", de fecha 25 de enero de 1994;

- El oficio Ord. Nº 1.451, de fecha 6 de noviembre de 2009, de la Dirección de Obras Municipales;

- El acuerdo del H. Concejo Municipal de San Bernardo, adoptado en la sesión ordinaria Nº 35, de fecha 17 de noviembre de 2009, y

- Las facultades que me confiere la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades,

Decreto:

  1. - Modifícase la ordenanza local Nº 13, sobre "Derechos Municipales", de fecha 25 de enero de 1994, en el sentido de incorporar en el Artículo 21, nuevos derechos:

Parte I "Derechos municipales por urbanización", incorpórese como Nº 6 el siguiente:

Nº 6.- Loteos con construcción Loteo: 30% del 2%

simultánea, acogidos del avalúo fiscal

al DFL 2, como viviendas

sociales, que se ejecuten

a través de programas

financiados con fondos Construcción: 10%

estatales, debidamente del 1,5% del

acreditados que son para presupuesto oficial

programas solidarios

concursables, ya sean que

se acojan a la ley 19.537.

Parte II "Derechos municipales por edificación", incorpórese como Nº 18 el siguiente:

Nº 18 Obras nuevas y

ampliaciones que se acojan 10% del 1,5% del

a la ley 19.537 sobre presupuesto

Copropiedad Inmobiliaria oficial, con un

y que se ejecuten a través mínimo de 0,2 UTM

de programas financiados

con fondos estatales que

sean para postular a fondos

concursables solidarios,

debidamente acreditados que

son para tales programas.

  1. - La modificación que se introduce mediante el presente D.A. exento a la ordenanza local Nº 13, sobre Derechos Municipales, comenzará a contar del día primero del mes siguiente a su publicación.

  2. - La Secretaría Municipal procederá a refundir el texto en la ordenanza local Nº 13, sobre Derechos Municipales, para su posterior publicación en la página web de la I. Municipalidad de San Bernardo.

  3. - Copia del presente decreto alcaldicio exento deberá publicarse en el Diario Oficial de la República, el que, para dicho efecto, debe ser considerado como proveedor único, en los términos del artículo 8º letra d) de la ley 19.886, de bases sobre contratos...

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