Decreto exento número 82, de 2021.- Aprueba texto oficial del Código Penal - 18 de Enero de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 856566237

Decreto exento número 82, de 2021.- Aprueba texto oficial del Código Penal

Fecha de publicación18 Enero 2021
Número de registroCVE-1881205
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Número de Gaceta42.857
CVE 1881205 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.857 | Lunes 18 de Enero de 2021 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 1881205
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia
APRUEBA TEXTO OFICIAL DEL CÓDIGO PENAL
Santiago, 12 de enero de 2021.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 82 exento.
Vistos:
Estos antecedentes, lo dispuesto en los artículos 326 y 35 de la Constitución Política de
la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue aprobado a través del decreto
supremo N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la Ley N°
18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto
refundido, coordinado y sistematizado, fue fijado por el DFL N° 1/19.653, del año 2001, del
Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en los artículos , , 13, 14 y 24 de la ley N°
19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los
órganos de la Administración del Estado; en el artículo 2°, letra v) del DFL N° 3, de 2016, del
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que fija el texto refundido, coordinado y
sistematizado de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; en el artículo
2° letra r) del decreto supremo N° 1.597, de 1980, del Ministerio de Justicia, que fija el
Reglamento Orgánico del Ministerio de Justicia; en el artículo 2° de la ley N° 8.828, de 1947; en
el decreto supremo N° 4.862, de 1959, del Ministerio de Justicia, que aprueba Reglamento para
supremo N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley N°
21.240, que modifica el Código Penal y la ley N° 20.393 para sancionar la inobservancia del
aislamiento u otra medida preventiva dispuesta por la autoridad sanitaria, en caso de epidemia o
pandemia; en la ley N° 21.246, que modifica el Código Penal para agravar la pena de los delitos
que indica cometidos en contra de miembros de los Cuerpos de Bomberos en ejercicio de sus
funciones; en el oficio Ord. N° 17, de 2020, de la Editora de Códigos de la Editorial Jurídica de
Chile; en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
1.- Que, conforme a lo establecido en el artículo 2°, letra v) del DFL 3, de 2016, del
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que fija el texto refundido, coordinado y
sistematizado de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, es función de
esta Secretaría de Estado aprobar el texto oficial de los Códigos y autorizar sus ediciones
oficiales.
2.- Que, durante el presente año se han publicado en el Diario Oficial las siguientes leyes
que modifican el Código Penal: la ley N° 21.240, que modifica el Código Penal y la ley N°
20.393 para sancionar la inobservancia del aislamiento u otra medida preventiva dispuesta por la
autoridad sanitaria, en caso de epidemia o pandemia y la ley N° 21.246, que modifica el Código
Penal para agravar la pena de los delitos que indica cometidos en contra de miembros de los
Cuerpos de Bomberos en ejercicio de sus funciones.
3.- Que, tomando en cuenta los principios generales de eficiencia y eficacia que informan el
actuar de los órganos de la Administración del Estado, contemplados en la ley N° 18.575, y de
celeridad, economía procedimental y no formalización, consignados en la ley N° 19.880, y dada
la importancia que reviste la edición oficial del Código Penal en los ámbitos judicial, académico
y administrativo, entre otros, resulta necesaria su más pronta y oportuna aprobación.

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