Decreto exento número 471, de 2022.- Aprueba integración del incentivo por desempeño colectivo correspondiente al año 2022 al incremento por desempeño institucional del artículo 10 del decreto N° 983, de 2003, del Ministerio de Hacienda, del Servicio Local de Educación Pública de Aysén
Número de registro | CVE-2384959 |
Fecha de publicación | 03 Octubre 2023 |
Sección | Normas Generales |
Emisor | MINISTERIO DE EDUCACIÓN |
Número de Gaceta | 43.667 |
CVE 2384959 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.667 | Martes 3 de Octubre de 2023 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 2384959
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Subsecretaría de Educación
APRUÉBESE LA INTEGRACIÓN DEL INCENTIVO POR DESEMPEÑO COLECTIVO
CORRESPONDIENTE AL AÑO 2022 AL INCREMENTO POR DESEMPEÑO
INSTITUCIONAL DEL ARTÍCULO 10 DEL DECRETO N° 983, DE 2003, DEL
MINISTERIO DE HACIENDA, DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA
DE AYSÉN
Núm. 471 exento.- Santiago, 30 de mayo de 2022.
Visto:
en la ley N° 21.040, que crea el Sistema de Educación Pública; en la ley N° 19.553, que concede
Asignación de Modernización y otros Beneficios que indica; en la ley N° 20.212, que modifica
de Funcionarios Públicos; en el DFL N° 38, de 2018, del Ministerio de Educación, que fija
Planta del Personal del Servicio Local de Educación Pública de Aysén del General Carlos Ibáñez
del Campo que comprende las comunas que indica; en el decreto N° 983, de 2003, del Ministerio
de Hacienda, que aprueba Reglamento para la Aplicación de Incremento por Desempeño
Hacienda, que modifica decreto N° 983, de 2003, que aprobó Reglamento para la Aplicación de
2021, del Ministerio de Educación, que fija Nominación, Ámbito de Competencia Territorial,
Domicilio y Calendario de Instalación con las fechas en que iniciarán funciones los Servicios
Locales de Educación Pública que indica; y, en las resoluciones N°s. 6 y 7, ambas de 2019, de
Contraloría General de la República, que fijan normas sobre exención del trámite de toma de
razón.
Considerando:
Que, en el contexto de la desmunicipalización, el año 2017 se publicó la ley N° 21.040, que
crea el Sistema de Educación Pública. Esta ley, conocida también como Nueva Educación
Pública, da origen a una nueva institucionalidad integrada por el Ministerio de Educación, la
Dirección de Educación Pública (DEP), los Servicios Locales de Educación Pública (SLEP) y los
establecimientos educacionales de su dependencia.
En su calidad de proveedores de educación pública, los niveles principales del sistema son
los establecimientos educacionales y los nuevos SLEP, los cuales de conformidad al artículo 16
de dicha ley, son órganos públicos, funcional y territorialmente descentralizados, con
personalidad jurídica y patrimonio propio, que se relacionan con el Presidente de la República a
través del Ministerio de Educación y, a su vez, con esta Secretaría de Estado mediante la
Dirección de Educación Pública.
Que, el decreto N° 20, de 2021, del Ministerio de Educación, que fija la Denominación,
Ámbito de Competencia Territorial, Domicilio y Calendario de Instalación con las fechas en que
iniciarán funciones los Servicios Locales de Educación Pública que indica, dentro de los cuales
se encuentra el correspondiente a Aysén, dispone en su artículo 15° que dicho Servicio iniciaría
sus funciones el día 1 de marzo de 2022.
Que, por su parte, en el DFL N° 38, de 2018, del Ministerio de Educación, que fija Planta
del Personal del Servicio Local de Educación Pública de Aysén del General Carlos Ibáñez del
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