Decreto exento número 2.355, de 2022.- Aprueba texto oficial del Código del Trabajo - 24 de Octubre de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 913208335

Decreto exento número 2.355, de 2022.- Aprueba texto oficial del Código del Trabajo

Fecha de publicación24 Octubre 2022
Número de registroCVE-2205162
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Número de Gaceta43.384
CVE 2205162 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.384 | Lunes 24 de Octubre de 2022 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 2205162
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia
APRUEBA TEXTO OFICIAL DEL CÓDIGO DEL TRABAJO
Santiago, 17 de octubre de 2022.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 2.355 exento.
Vistos:
Estos antecedentes, lo dispuesto en los artículos 326 y 35 de la Constitución Política de
la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue aprobado a través del decreto
Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la Ley Nº 18.575,
Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto
refundido, coordinado y sistematizado, fue fijado por el DFL Nº 1/19.653, de 2001, del
Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en los artículos , , 13, 14 y 24 de la ley Nº
19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los
órganos de la Administración del Estado; en el artículo 2º, letra v) del DFL Nº 3, de 2016, del
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que fija el texto refundido, coordinado y
sistematizado de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; en el artículo
2º letra r) del decreto supremo Nº 1.597, de 1980, del Ministerio de Justicia, que fija el
Reglamento Orgánico del Ministerio de Justicia; en el artículo 2º de la ley Nº 8.828; en el decreto
supremo Nº 4.862, de 1959, del Ministerio de Justicia, que aprueba Reglamento para la edición
de códigos por la Editorial Jurídica de Chile; la facultad conferida en el decreto supremo Nº 19,
de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley Nº 21.400, que modifica
diversos cuerpos legales para regular, en igualdad de condiciones, el matrimonio entre personas
del mismo sexo; en la ley Nº 21.431, que modifica el Código del Trabajo regulando el contrato
de trabajadores de empresas de plataformas digitales de servicios; en la ley Nº 21.441, que
extiende la duración del permiso laboral para trabajadoras y trabajadores en caso de fallecimiento
del padre o de la madre, e incorpora igual permiso en caso de fallecimiento de un hermano o
hermana; en la ley Nº 21.476, que modifica el Código del Trabajo para asegurar la oferta de
servicios de transporte público durante periodo de elecciones populares o plebiscitos; en el
Oficio Ord. Nº 10, de 2022, de la Editora de Códigos de la Editorial Jurídica de Chile; en la
resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y,
Considerando:
1.- Que, conforme a lo establecido en el artículo 2º, letra v) del DFL Nº 3, de 2016, del
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que fija el texto refundido, coordinado y
sistematizado de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, es función de
esta Secretaría de Estado aprobar el texto oficial de los Códigos y autorizar sus ediciones
oficiales.
2.- Que, entre diciembre de 2021 y agosto del presente año se han publicado en el Diario
Oficial las siguientes leyes que modifican el Código del Trabajo: la ley Nº 21.400, que modifica
diversos cuerpos legales para regular, en igualdad de condiciones, el matrimonio entre personas
del mismo sexo; la ley Nº 21.431, que modifica el Código del Trabajo regulando el contrato de
trabajadores de empresas de plataformas digitales de servicios; la ley Nº 21.441, que extiende la
duración del permiso laboral para trabajadoras y trabajadores en caso de fallecimiento del padre
o de la madre, e incorpora igual permiso en caso de fallecimiento de un hermano o hermana, y la
ley Nº 21.476, que modifica el Código del Trabajo para asegurar la oferta de servicios de
transporte público durante periodo de elecciones populares o plebiscitos.

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