Decreto Exento Nº 202300175 Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, 2024 - Normativa - VLEX 974072627

Decreto Exento Nº 202300175 Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, 2024

Año2024
Fecha de publicación02 Enero 2024
Número de documento administrativo202300175
Recurso PesqueroMerluza tres aletas
División Jurídica
DTO.EX. ID
110304
1
RV/PSS/FOM/FFC
Lxpedientes Cero papel
N'
6417/2023
Folio DEXE202300175
29-1 2-2023
OFICINA DE PART
1
SUk3SECRETAR!A f)E
PESCA
29
DIC 73
TERMINO
DE
TRAM
I
ACION
7:
ESTABLECE CUOTA ANUAL DE CAPTURA PARA UNIDAD DE
PESQUERÍA DE MERLUZA DE TRES ALETAS PARALELO 41°28,6' I.S.
AL SUR SOMETIDA A LICENCIAS TRANSABIES DE PESCA, AÑO 2024.
VISTO:
Lo dispuesto en el artículo 32 Ng 6 de la Constitución Política
de la República; el decreto con fuerza de ley N
2
5, de 1983, del actual
Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; la ley General de Pesca
y Acuicultura N2 18.892
y
sus modificaciones cuyo texto refundido,
coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto
N2
430, de 1991,
del actual Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; las leyes Nos.
20.597 y 20.657; los decretos Nos.
538,
de 2000 y 270, de 2002, 77,
de 2013, 121, de 2014 y, 24 de 2022, del actual Ministerio de
Economía Fomento y Turismo; el decreto N
2
19, de 2001, del
Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la resolución N2 7, de
2019, de la Contraloría General de la República.
CONSIDERANDO:
Que, la unidad de pesquería del recurso Merluza de tres aletas
(Micromesistius australis)
en el área marítima comprendida desde el
paralelo 4128,6' L
.
S. al Sur, se encuentra declarada en régimen de
plena explotación y sometida a Licencias Transables de Pesca.
Que, se requiere fijar una cuota anual de captura para la señalada
unidad de pesquería, de conformidad con lo dispuesto en los artículos
26
y
Que, el Comité Científico Técnico Pesquero de Recursos
Demersales de la Zona Sur Austral, remitió a la Subsecretaría de Pesca
y Acuicutlura el acta de Sesión CCT-RDZSA N 04/2023, e informe
Técnico N° 03/2023 publicados en la página de dominio electrónico de
dicha repartición.
Que, asimismo la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, a través de la
División de Administración Pesquera, conforme a lo dispuesto en el
artículo 17 del decreto N° 77, de 2013, del Ministerio de Economía,
Fomento y Turismo, ha evacuado el informe técnico (R. PESQ.) N°
204/2023, contenido en el memorándum (D.P) N 624/2023,
recomendando el establecimiento de una cuota anual de captura en un
monto que se encuentra dentro del rango de captura biológicamente
aceptable considerado en los últimos dos años por el Comité Científico
Técnico Pesquero antes individualizado.
Que de la cuota anual de captura se han efectuado las deducciones
relativas a la cuota de investigación, la que ha sido informada por la
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura al Consejo Nacional de Pesca
mediante Carta CNP N 29/2023, con indicación de los proyectos de
investigación para el año calendario 2024 y las toneladas requeridas
para cada uno de ellos.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR