Decreto núm. 818, publicado el 09 de Octubre de 1991. AUTORIZA CONTRATACION DE CREDITO EXTERNO POR US$ 17.200.000 - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470938294

Decreto núm. 818, publicado el 09 de Octubre de 1991. AUTORIZA CONTRATACION DE CREDITO EXTERNO POR US$ 17.200.000

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA CONTRATACION DE CREDITO EXTERNO POR US$ 17.200.000

Núm. 818.- Santiago, 12 de Septiembre de 1991.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 32 número 8 de la Constitución Política de la República de Chile, el decreto ley N° 1.263 de 1975, la Ley N° 18.840 de 1989, la Ley N° 19.012 de 1990, el decreto supremo N° 551 de 1982 y el D.L. N° 2.349 de 1978,

Decreto:

  1. - Autorízase al Ministro de Hacienda o en su defecto al Embajador de la República de Chile en los Estados Unidos de América o al Encargado de Negocios Ad Interín que lo reemplace para que, en representación de la República de Chile contrate con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), un préstamo hasta por la suma de US$ 17.200.000, o su equivalente en otras monedas, más los intereses y comisiones que correspondan.

  2. - El préstamo estará destinado a financiar parcialmente el Segundo Proyecto de Gestión del Sector Público (TAL 2), cuyos objetivos principales son: mejorar los sistemas de información y gestión de las entidades recaudadoras (Servicio de Impuestos Internos, Servicio Nacional de Aduanas, Tesorería General de la República e Instituto de Normalización Previsional): mejorar la calidad y facilitar el uso de información y análisis para toma de decisiones económicas (Ministerio de Hacienda y Economía); mejorar la información legislativa y servicios de referencia, y facilitar el uso del sistema (Biblioteca del Congreso Nacional); y mejorar la coordinación a nivel interministerial (Comités Interministeriales).

    Este proyecto será ejecutado a través del Ministerio de Hacienda en todas sus partes, con excepción de la parte correspondiente al Congreso Nacional, la que será ejecutada a través del propio Congreso Nacional.

  3. - Las condiciones financieras del préstamo serán las siguientes:

    Monto: US$ 17.200.000.

    Plazo total: No menos de 17 años.

    Período de Gracia: No menos de 4 años.

    Amortización: 26 cuotas semestrales desiguales de monto creciente, según programa de amortización acordado, venciendo la primera de ellas en junio de 1996.

    Interés: Tasa anual variable (0,5% sobre el costo de préstamos calificados) determinada semestralmente por el BIRF, aplicada sobre los montos utilizados y pendientes de pago y pagadera semestralmente.

    Comisión de Compromiso: 0,75% anual sobre el saldo no desembolsado del préstamo, pagadera semestralmente los días 15 de junio y 15 de diciembre de los respectivos años.

    Otros Gastos: Asimismo, podrán convenirse otras obligaciones...

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