Decreto 4335 - APRUEBA MODIFICACIONES A LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 5, DE PROPAGANDA - MUNICIPALIDAD DE LA SERENA - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 241490374

Decreto 4335 - APRUEBA MODIFICACIONES A LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 5, DE PROPAGANDA

EmisorMUNICIPALIDAD DE LA SERENA
Rango de LeyDecreto

APRUEBA MODIFICACIONES A ORDENANZA Nº 5, DE PROPAGANDA

Núm. 4.335.- La Serena, 28 de diciembre de 2005.- Vistos y Considerando: La Ordenanza Local Nº 5 de Propaganda de fecha 24 de septiembre de 1992; La Ordenanza Local de Derechos Municipales por Concesiones, Permisos y Servicios aprobada por decreto alcaldicio Nº 3.522/05 de 26 de octubre de 2005; La Sesión Extraordinaria Nº 585 de 19 de octubre de 2005 y la Sesión Ordinaria Nº 593 de 7 de diciembre de 2005, ambas del Concejo Municipal en las cuales se aprobaron modificaciones a la Ordenanza Municipal de Propaganda Nº 5 y a la Ordenanza de Derechos por Permisos, Concesiones y Servicios; El DL Nº 3.063 sobre Rentas Municipales, especialmente sus artículos 5 letra e), 12, 63 letra i) y 65 letra k), la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y las facultades propias de mi cargo:

Decreto:

A.- Se aprueban las siguientes modificaciones respecto de la Ordenanza Municipal Nº 5 de Propaganda:

  1. - Elimínese del artículo 17 inciso segundo, la última prohibición que señala:

    - La propaganda o publicidad en la vía pública salvo la contemplada a priori en el diseño del mobiliario urbano. Tales como kioscos, paraderos de locomoción colectiva o paneles autosoportantes especialmente diseñados para estos efectos, entre otros.

  2. - Incorpórese al artículo 22 letra X) la siguiente frase, a continuación del primer punto seguido:

    Asimismo, todo letrero instalado en bien nacional de uso público dentro de la zona típica, que supere los 3 mts.2 por cara, tendrá un recargo del 300%.

  3. - Agréguese un nuevo artículo 28 del siguiente tenor:

Artículo 28

Se podrá rebajar hasta en un 70% los derechos de ocupación de bien nacional de uso público y/o de la publicidad efectuada por quienes financien (total o parcialmente) o ejecuten obras de inversión en infraestructura, reparación o restauración de bienes municipales, bienes que la municipalidad administre a cualquier título, bienes nacionales de uso público o en patrimonio cultural, con acuerdo del Concejo Municipal.

B.- Se aprueban las siguientes modificaciones respecto de la Ordenanza Local de Derechos Municipales por Permisos, Concesiones y Servicios aprobada por decreto alcaldicio Nº 3.522/05 de 26 de octubre de 2005:

  1. - Agréguese un nuevo ítem Nº 29 al artículo 13, del siguiente tenor:

Artículo 13

Nº 29: Estacionamiento en calles no concesionadas del Sector Avda. del Mar, por vehículo menor:

  1. De 10:00 hrs. a 14:00 hrs...

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