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Decreto 18 - DECRETA ALERTA SANITARIA Y OTORGA FACULTADES EXTRAORDINARIAS QUE INDICA

EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor 5 de Junio de 2012

DECRETA ALERTA SANITARIA Y OTORGA FACULTADES EXTRAORDINARIAS QUE INDICA

Núm. 18.- Santiago, 22 de mayo de 2012.- Visto: Estos antecedentes; lo establecido en los artículos 8, 10, 22, 24, 26, 29, 31, 36, 67, 77 letra f) y 155, del Código Sanitario; en los artículos , , , 10º, 12° y 16 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 2.763, de 1979 y de las leyes N° 18.933 y N° 18.469; en los artículos 5º, 6º, 7º, 8º, 9º y 19º del decreto Nº 136, de 2004, del Ministerio de Salud; en el artículo 10 de la ley Nº 10.336; lo establecido en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; lo informado por la Subsecretaría de Salud Pública y las facultades que me concede el artículo 32 y 35 de la Constitución Política de la República, y

Considerando:

- Que el Ministerio de Salud debe efectuar la vigilancia en salud pública y evaluar la situación de la población. En el ejercicio de esta función deberá estudiar, analizar y mantener actualizada la información sobre la materia, sus determinantes y tendencias; mantener un adecuado sistema de vigilancia epidemiológica y control de enfermedades transmisibles y no transmisibles, investigar los brotes de enfermedades y coordinar la aplicación de medidas de control.

- Que, además, en casos de amenaza de alguna epidemia o de aumento notable de alguna enfermedad o de emergencias que impliquen grave riesgo para la salud o la vida de los habitantes, podrá adoptar medidas, disponer alertas y declarar emergencias sanitarias para su enfrentamiento, de acuerdo con las normas del Código Sanitario.

- Que el día 18 de mayo de 2012, habitantes de localidad de Freirina, en la provincia de Huasco, procedieron a interrumpir el tránsito vial del camino que une Maitencillo con la planta de producción de cerdos, propiedad de la empresa Agrosuper, ubicada en la comuna de Freirina, lo que impidió la llegada de operarios a dicha planta, con la consecuente paralización de funciones.

- Que la situación antedicha hace imposible la alimentación e hidratación de los cerdos, toda vez que sus reservas de alimentos y aguas son limitadas.

- Que la paralización de funciones de la planta de producción de cerdos de la empresa Agrosuper, ubicada en la comuna de Freirina, provincia de Huasco, Región de Atacama, ocurrida el día 18 de mayo de 2012, podrá...

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