Decisión Nº C7933-20 de Consejo de Transparencia de 27/04/2021
Juez | Gloria de la Fuente González (Unánime),Natalia González Bañados (Unánime),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime),Bernardo Navarrete Yáñez (Unánime) |
Número de sentencia | C7933-20 |
Fecha | 27 Abril 2021 |
Normativa aplicada | Ley de Transparencia ART-33,Ley de Transparencia ART-24 |
DECISIÓN AMPARO ROL C7933-20
Entidad pública: Subsecretaría de Evaluación Social
Requirente: Claudio Silva Lizana
Ingreso Consejo: 03.12.2020
RESUMEN
Se acoge el amparo deducido en contra de la Subsecretaría de Evaluación Social, relativo a los informes de evaluación social de los proyectos consultados, tras hacer efectivo el apercibimiento consistente en que transcurrido el plazo señalado, sin que se recibiere comunicación alguna de parte del reclamante, se entenderá que se encuentra conforme con los antecedentes entregados por el órgano reclamado de manera extemporánea.
En sesión ordinaria N° 1176 del Consejo Directivo, celebrada el 27 de abril de 2021, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C7933-20.
VISTO:Los artículos 5°, inciso 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
TENIENDO PRESENTE:1) SOLICITUD DE ACCESO: Con fecha 03 de noviembre de 2020, don Claudio Silva Lizama solicitó a la Subsecretaría de Evaluación Social la evaluación social de los siguientes proyectos:
a) Código BIP: 30483873-0, Proyecto: Optimización del patio Barrancas
b) Código BIP: 40000060-0, Mejoramiento corredor ferroportuario Santiago - San Antonio
Hace presente que solicita los informes de evaluaciones sociales de proyectos (PDF) presentadas a Ministerio de...
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