Decisión Nº C5950-21 de Consejo de Transparencia de 24/08/2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 876224799

Decisión Nº C5950-21 de Consejo de Transparencia de 24/08/2021

JuezGloria de la Fuente González (Unánime),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime),Natalia González Bañados (Unánime),Bernardo Navarrete Yáñez (Unánime)
Número de sentenciaC5950-21
Fecha24 Agosto 2021
Normativa aplicadaConstitución Política de la República ART-19 N°14,Ley de Transparencia ART-12,Ley de Transparencia ART-10

DECISIÓN AMPARO ROL C5950-21

Entidad pública: Municipalidad de La Florida.

Requirente: Lilian Díaz Bustos.

Ingreso Consejo: 10.08.2021.

En sesión ordinaria N° 1208 del Consejo Directivo, celebrada el 24 de agosto de 2021, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C5950-21.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

Que, con fecha 10 de agosto de 2021, doña Lilian Díaz Bustos dedujo amparo a su derecho de acceso a la información pública en contra de la Municipalidad de La Florida, relatando diversas situaciones ocurridas entre sus familiares y un arrendatario, respecto de un bien inmueble y patentes comerciales. Seguidamente, indicó que recibió respuesta incompleta o parcial de parte de una funcionaria municipal en una audiencia, funcionaria que, por su parte, recomendó "ingresar a la página de la Municipalidad en Transparencia para consultar bajo qué condiciones se le otorgó patente al arrendatario".

Y CONSIDERANDO:

1) Que, a fin de resolver la admisibilidad del amparo en la especie, primeramente es necesario determinar si éste cumplió con los requisitos legales, en particular, si los hechos denunciados constituyen una infracción a la Ley de Transparencia.

2) Que, es preciso señalar que el artículo 10 de la Ley de Transparencia al referirse a las materias a las que se extiende el derecho de acceso a la información dispone: "El acceso a la información comprende el derecho de acceder a las informaciones contenidas en los actos, resoluciones, actas, expedientes, contratos y acuerdos, así como a toda...

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