Decisión Nº C573-21 de Consejo de Transparencia de 23/03/2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 866810627

Decisión Nº C573-21 de Consejo de Transparencia de 23/03/2021

JuezGloria de la Fuente González (Unánime),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime),Natalia González Bañados (Unánime),Bernardo Navarrete Yáñez (Unánime)
Fecha23 Marzo 2021
Número de sentenciaC573-21
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-10,Ley de Transparencia ART-5

DECISIÓN AMPARO ROL C573-21

Entidad pública: Servicio de Registro Civil e Identificación

Requirente: Iván Igor Santos

Ingreso Consejo: 26.01.2021

RESUMEN

Se rechaza el amparo deducido en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación, relativo a la entrega de información referida a la Corporación Educacional y Promoción Juvenil Juan Diego de Guadalupe.

Lo anterior, en atención a que no se disponen de antecedentes que conduzcan a una conclusión contraria de aquella sostenida por el órgano requerido, en orden a que no cuenta con más información que aquella que fue entregada al reclamante.

En sesión ordinaria N° 1167 del Consejo Directivo, celebrada el 23 de marzo de 2021, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C573-21.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: Con fecha 05 de enero de 2021, don Iván Igor Santos formuló ante el Servicio de Registro Civil e Identificación la siguiente solicitud de información: "De la Corporación Educacional y Promoción Juvenil Juan Diego de Guadalupe; RUT: 71.673.100-6, Registro N° 8904, requiero la siguiente información:

1-De acuerdo a Carta repuesta N° 837 del 28 de Diciembre de 2020 que, indica en su segunda página en el tercer párrafo, la existencia de la Solicitud de la Corporación indicada, Folio N° 146 del 05 de Julio de 2018, requiero:

Copia de dicha solicitud y todos los documentos que la acompañaron. En específico:

a-Formulario de inscripción/ modificación.

b-Certificado de depósito secretaría municipal.

c-Copia autorizada de Asamblea de constitución o sesión en que se eligió a la nueva directiva de la Corporación que, renueva a la anterior caduca y sin vigencia desde el 15 de Octubre de 2017.

d- Copia de documento en donde conste la facultad del interesado para representar a la persona jurídica de que se trata.

2-En relación a lo ya expuesto, requiero copia de reingreso de la solicitud, realizada el 21 de Noviembre de 2018, con todos los documentos que la acompañaron:

a-Formulario de reingreso de solicitud de inscripción/ modificación.

b-Certificado de depósito secretaría municipal.

c-Copia autorizada de Asamblea de constitución o sesión en que se eligió a la nueva directiva de la Corporación que, renueva a la anterior caduca y sin vigencia desde el 15 de Octubre de 2017.

d- Copia de documento en donde conste la facultad del interesado para representar a la persona jurídica de que se trata, en esta nueva oportunidad.

3- Y, en especial, requiero copia autorizada de los estatutos de la Corporación que debió acompañarse en reingreso solicitud, al ser exigida en...

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