Decisión Nº C5006-22 de Consejo de Transparencia de 11/10/2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 913716182

Decisión Nº C5006-22 de Consejo de Transparencia de 11/10/2022

JuezFrancisco Javier Leturia Infante (Unánime), Presidente,Bernardo Navarrete Yáñez (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime),Natalia González Bañados (Unánime)
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-24,Ley de Transparencia ART-33
Fecha11 Octubre 2022
Número de sentenciaC5006-22

DECISIÓN AMPARO ROL C5006-22

Entidad pública: Servicio de Impuestos Internos (SII).

Requirente: Lucía Tomic Coopman.

Ingreso Consejo: 09.06.2022

RESUMEN

Se acoge el amparo deducido en contra del Servicio de Impuestos Internos (SII), referido a información sobre comuna en la cual está registrado ante el Servicio de Impuestos Internos la nómina de contribuyentes que indica la peticionaria, y desde qué fecha.

Respecto a la información relativa a la comuna en la cual están registrados ante el Servicio de Impuestos Internos los contribuyentes personas jurídicas consultados y desde qué fecha mantienen dicho registro los contribuyentes, tanto personas jurídicas y naturales, se tiene por extemporáneamente cumplida la obligación de informar del órgano recurrido, ya con oportunidad de los descargos presentados en el procedimiento, acompañó la información reclamada, allanándose a su entrega a la reclamante.

A su vez, se ordena la entrega de información consultada (comuna de registro ante el SII) relativa a contribuyentes personas naturales. Lo anterior, por cuanto, este Consejo ha sostenido que la divulgación de la dirección y ciudad del contribuyente (incluido calle y número) -en el entendido que ella se refiere al lugar donde se ejerce la actividad lucrativa, a la luz de lo dispuesto en el artículo 24 del Decreto Ley N° 3063/1979: permitiría conocer el lugar donde el contribuyente ejerce su actividad, lo cual, a su vez, permitiría establecer si ella cumple o no con las limitaciones relativas a la zonificación comercial o industrial que contemplen las respectivas ordenanzas municipales.

A su vez, el domicilio del contribuyentes, al constituir un dato integrante del documento o acto administrativo que otorga la patente y que facilita la identificación del contribuyente, en cuanto es utilizado precisamente para fines tributarios, debe someterse también al régimen de publicidad de dicho acto, considerando que la patente municipal contiene información pública, de acuerdo al artículo 5° de la Ley de Transparencia, en cuanto documento en que consta un permiso otorgado por la autoridad municipal, mediante un acto administrativo formal y que da cuenta del cumplimiento de los requisitos necesarios para ejercer la actividad de que se trate.

Aplica criterio sostenido en decisión de amparo roles C610-10, C971-11, C1696-14, C1697-14 y C1699-14, C5616-18.

Se rechaza la solicitud de declarar inadmisible el amparo por incumplimiento de requisitos de procesabilidad.

Se ordena remitir copia del archivo entregado por el Servicio de Impuestos Internos con ocasión de los descargos presentados en el procedimiento a la recurrente, en forma conjunta con la notificación de la presente decisión.

En sesión ordinaria N° 1313 del Consejo Directivo, celebrada el 11 de octubre de 2022, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C5006-22.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 04 de mayo de 2022, doña Lucía Tomic Coopman efectuó al Servicio de Impuestos Internos (SII) la siguiente solicitud de información: «Las empresas listadas a continuación corresponden a empresas con patente enrolada en la Municipalidad de Renca, cuentan con giro vigente ante Impuestos Internos, pero no han sido encontradas en los domicilios registrados por esa Municipalidad.

Por lo anterior, la información que se solicita es: solicitamos indicar para cada uno de los siguientes RUT, la comuna en la cual está registrado ante el Servicio de Impuestos Internos y desde qué fecha; asimismo, cuál fue el último año en que presentó declaración de impuesto a la renta. lo anterior tiene como finalidad evitar que la Municipalidad continue realizando cobros improcedentes de patente comercial si fuese el caso, lo cual ha sido permanentemente observado por la Contraloría General de la República. Se adjunta Excel con los RUT ».

2) RESPUESTA: Mediante Resolución exenta N° LTNot 0022754, de 03 de junio de 2022, el Servicio de Impuestos Internos respondió a dicho requerimiento de información indicando, en lo que interesa, que:

i. "(...) Que, revisados los registros institucionales de este Servicio, se comunica que se hará parcialmente a la entrega de la información solicitada a través de un archivo en formato Excel que se adjunta a la presente resolución, el cual indica el último año en que el contribuyente presentó su declaración de impuesto a la renta y la dirección que registra en la comuna de Renca. Cabe precisar que para la clave para abrir el referido archivo Excel corresponde a (...).

ii. Además, cabe hacer presente que la información que se entrega a las Municipalidades para el cálculo de las patentes municipales ya se encuentra disponible en nuestro sitio web, a través de la Plataforma habilitada para ello. Ingresando al siguiente enlace: https://www.sii.cl/sitios_de_interes/aplicaciones_para_entidades_externas.html seleccionando la opción "Información para el cálculo de patentes municipales (D.L. 3.063)" o bien, ingresando al siguiente enlace directo: https://zeusr.sii.cl/AUT2000/InicioAutenticacion/IngresoRutClave.html?https://www4.sii.cl/ sismunInternet/?caller=PATENTES previa autenticación con su número de Rut y clave tributaria o clave única, podrá acceder a la referida información.

3) AMPARO: El 09 de junio de 2022, doña Lucía Tomic Coopman dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del señalado órgano de la Administración del Estado, fundado en que recibió una respuesta incompleta a su solicitud de información. Además, la reclamante hizo presente que: "Respuesta incompleta o parcial. Solicitamos: "comuna en la cual está registrado ante el Servicio de Impuestos Internos", y el Servicio nos ha entregado "la dirección que registra en la comuna de Renca", sin especificar ni aclarar si esa es efectivamente la comuna vigente en la cual actualmente está registrada la empresa ante el SII. Dado que el SII ha señalado en el propio considerando 4° que se hará parcialmente la entrega de la información, resulta natural colegir que la información proporcionada no es la solicitada, esto es, la comuna vigente registrada en el SII, sino un parcial, la registrada alguna vez en la comuna de Renca. De esta forma, el servicio si bien ha entregado la información solicitada en el N° 2 anterior, no lo ha hecho respecto del N° 1. En efecto, al el Servicio nos ha entregado "la dirección que registra en la comuna de Renca", sin especificar ni aclarar si esa es efectivamente la comuna vigente que actualmente está registrada la empresa ante el SII.

4)...

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