Decreto 348 EXENTO - TIENE POR CUMPLIDO PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA QUE SEÑALA - MUNICIPALIDAD DE TALTAL - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 390827294

Decreto 348 EXENTO - TIENE POR CUMPLIDO PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA QUE SEÑALA

EmisorMUNICIPALIDAD DE TALTAL
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor27 de Julio de 2012

TIENE POR CUMPLIDO PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA QUE SEÑALA

Núm. 348 exento.- Taltal, 19 de julio de 2012.- Vistos: Lo previsto en el párrafo 1º bis de la ley Nº 19.300; lo dispuesto en el DDU Nº 297, de 2011, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo; el Ord. Nº 120819/12, de 23 de marzo de 2012, emitido por don Ricardo Irarrázabal Sánchez, Subsecretario del Ministerio de Medio Ambiente; el acta de acuerdo del Concejo Municipal Nº 397, de fecha 12 de junio de 2012, por el cual se deja constancia que en su sesión extraordinaria Nº 7, celebrada el 8 de junio de 2012, se aprobó la Modificación al Plan Regulador Comuna de Taltal, Borde Costero Urbano y Zona Portuaria; el Ord. Nº 845/2012, de 10 de julio de 2012, de Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Antofagasta, que remite el informe final favorable correspondiente al mencionado proyecto; el Ord. 175/2012, de este origen; el informe jurídico Nº 163 del abogado asesor, don Luis Araya Ossandón; lo previsto en el DFL Nº 1, de 2006, del Ministerio del Interior, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; y

Considerando: Que el procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica fue aprobado por el Ministerio de Medio Ambiente, a través del Ord. Nº 120819/12, determinándose que el Informe Ambiental referido al Plan Regulador Comunal de Taltal, Borde Costero Urbano y Zona Portuaria, cumple adecuadamente con los contenidos mínimos; dicto el siguiente:

Decreto:

  1. Téngase por cumplido con el procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica previsto en el Art. 7 bis de la ley Nº 19.300, respecto del Plan Regulador Comunal de Taltal, Borde Costero Urbano y Zona...

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