¿Cuidado de animales o plaga? - 17 de Noviembre de 2010 - El Mercurio - Noticias - VLEX 227725722

¿Cuidado de animales o plaga?

Desde el Código Civil de Andrés Bello existen disposiciones relativas a la tenencia de animales denominados salvajes o bravíos, y otras atinentes al cuidado de los domésticos. Además, diversos cuerpos legales y reglamentos se han ocupado de este tema, especialmente en lo relativo a cuestiones de tráfico y sanitarias. También ha evolucionado la conciencia social sobre el maltrato a los animales y, por cierto, la conservación de especies en peligro de extinción. Actualmente se estudia un proyecto de ley sobre tenencia responsable de mascotas y animales de compañía. Con todo, el alarmante aumento de perros callejeros y terribles hechos recientes -dos mujeres perdieron la vida en Peñaflor, víctimas de un ataque por una jauría de dueño conocido-, sumado a la experiencia internacional en esta materia, obligan a considerar algunas distinciones.

Por una parte está el maltrato a los animales, que hace ya décadas viene siendo objeto de creciente atención pública y privada. Un mayor conocimiento científico de su naturaleza, junto al incremento en las interacciones con diversas especies y su posesión, y, por cierto, la eclosión de nociones ecológicas, han ido sensibilizando a los ciudadanos al respecto. Hay en Chile encomiables precedentes de esto, como, por ejemplo, las conquistas que en su hora consiguió la "Sociedad Protectora del Caballo", en tiempos en que el abuso y la crueldad hacia esos animales campeaba en un contexto de indiferencia y, a veces, incluso crueldad.

De otra parte, siempre será necesario mejorar los marcos y normas para la tenencia, cuidado y aun exhibición de animales, especialmente de aquellos calificados de exóticos o peligrosos, con mayor o menor regulación según las especies de que se trate y los objetivos de dicha tenencia. Sin perjuicio de las actividades zoológicas, actualmente la cría y posesión de animales de diversas especies muestra situaciones novedosas y singulares, en parte debidas al desarrollo de este comercio y a un más transparente acceso a sus mercados de tráfico legal. Cabe aquí distinguir en cuanto a modos más o menos aceptables de dominio, materia que deber ser objeto de ley y reglamentos. La experiencia...

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