Causa nº 690/2004 (Casación). Resolución nº 690-2004 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 21 de Junio de 2005 - Jurisprudencia - VLEX 30910604

Causa nº 690/2004 (Casación). Resolución nº 690-2004 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 21 de Junio de 2005

JuezJorge Medina C..,José Luis Pérez Z.,José Benquis C.,Urbano Marín V.,Orlando Álvarez H.
Corte en Segunda Instancia
Sentido del fallode fallo
Número de registrorec6902004-cor0-tri6050000-tip4
Partes ACUÑA CUEVAS IRIS CON CONSORCIO INMOB, PINGUERAL
Fecha21 Junio 2005
Número de expediente690-2004
Tipo de proceso(Trabajo) Casación Forma y Fondo
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)

Santiago, veintiuno de junio de dos mil cinco.

Vistos:

En autos rol Nº 236-02 del Juzgado de Letras de T., doña I.A.C. deduce demanda en contra del Consorcio Inmobiliaria Pingueral Limitada, representada por don G.Y.M., a fin que se condene a la demandada al pago de las prestaciones laborales que señala, más reajustes, recargos, intereses y costas.

La demandada, evacuando el traslado, solicitó el rechazo, con costas, de la acción deducida en su contra, argumentando que el despido se ajustó a la causal establecida en el artículo 1603 del Código del Trabajo y que nada adeuda por días trabajados, horas extraordinarias, ni cotizaciones.

El tribunal de primera instancia, en sentencia de veintinueve de julio de dos mil tres, escrita a fojas 60, dio lugar a la demanda sólo en cuanto condenó a la demandada a pagar 16 días de remuneración del mes de julio de 2002, horas extraordinarias y compensación de feriado proporcional, rechazando en lo demás, sin costas.

Se alzó la demandante y la Corte de Apelaciones de Concepción, en fallo de trece de enero de dos mil tres, q ue se lee a fojas 86, confirmó, con costas del recurso, la sentencia de primer grado.

En contra de esta última decisión, el demandante deduce recursos de casación en la forma y en el fondo, por haberse incurrido en vicios e infracciones de ley que han influido, a su juicio, sustancialmente en lo dispositivo del fallo, pidiendo que este tribunal la invalide y dicte la de reemplazo que describe.

Se trajeron estos autos en relación para conocer de ambos recursos.

Considerando:

  1. Recurso de casación en la forma:

Primero

Que el demandante deduce recurso de casación en la forma en contra de la sentencia ya individualizada, fundado en la 5a. causal del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, en relación con el artículo 458 Nros. 4 y 5 del Código del Trabajo, esto es, en haberse dictado el fallo omitiendo el análisis de toda la prueba rendida y las consideraciones de hecho y derecho que deben servirle de sustento, entendiendo que los vicios se cometen al decidir que la actora no pidió la declaración de injustificado de su despido, en circunstancias que basta con leer el petitorio de la demanda para concluir que se encuentra ajustado a derecho. Agrega que no se analizó que la demandante alegó que fue despedida verbalmente, vale decir sin aviso previo, por lo tanto, no puede pedírsele tal declaración si no conoce las causas...

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