Críticas a la aplicación supletoria del régimen de prescripción civil a la potestad sancionatoria de la administración del estado por la jurisprudencia nacional - Núm. 41, Septiembre 2022 - Revista de Derecho UCSC - Libros y Revistas - VLEX 923153738

Críticas a la aplicación supletoria del régimen de prescripción civil a la potestad sancionatoria de la administración del estado por la jurisprudencia nacional

AutorJosé Ignacio Anrique Soto
CargoAbogado. Licenciado en Ciencias Jurídicas Universidad de Concepción, Magister en Derecho Privado Profesional, Universidad de Concepción
Páginas67-95
67
ISSN 07117-0599 versión impresa
ISSN 2735-6337 versión en linea
REVISTA DE DERECHO - FACULTAD DE DERECHO UCSC
Nº 41, 2022, pp. 67-95 http://doi.org/10.21703/issn2735-6337/2022.n41.04
CRÍTICAS A LA APLICACIÓN SUPLETORIA
DEL RÉGIMEN DE PRESCRIPCIÓN CIVIL
A LA POTESTAD SANCIONATORIA DE LA
ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO POR LA
JURISPRUDENCIA NACIONAL
CRITICISM TO THE SUPPLEMENTARU
APPLICATION OF THE CIVIL PRESCRIPTION
REGIME TO THE PUNISHMENT POWER
O THE STATE ADMINISTRATION BY THE
NACIONAL JURISPRUDENCIA
José Ignacio Anrique Soto*
Recibido el 4/07/2022
Aceptado el 14/11/2022
* Abogado. Licenciado en Ciencias Jurídicas Universidad de Concepción, Magister en Derecho Privado Profesional, Universidad
de Concepción. Correo electrónico: ignacio.anrique@gmail.com. Código Orcid: https://orcid.org/0000-0001-9021-4456.
RESUMEN: El presente trabajo tiene por objeto reno-
var el debate sobre la determinación del régimen su-
pletorio de prescripción extintiva aplicable al ejercicio
de la potestad sancionatoria de la Administración del
Estado, sobre la base de un examen de congruencia
entre la nalidad de ésta y aquellas que han servido de
sustento a los regímenes civil y penal, respectivamen-
ABSTRACT: The purpose of this paper is to renew the
debate on the determination of the supplementary re-
gime of extinctive prescription applicable to the exercise
of the sanctioning power of the State Administration,
based on an examination of consistency between the
purpose of this and those that have served as support to
the civil and criminal regimes, respectively, taking into
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te, tomando en consideración los argumentos esgri-
midos por la jurisprudencia de la Corte Suprema para
adherir a uno u otro sistema. Así, sobre las ideas de
unidad y coherencia que deben informar la construc-
ción del Derecho como sistema, advertimos que existe
una incongruencia teleológica en la tesis que postu-
la la supletoriedad de las normas del Código Civil en
la materia al responder a la regulación, satisfacción y
cautela de bienes jurídicos de orden patrimonial, y por
tanto, sujetos a la lógica de principios como la autono-
mía de la voluntad y libre circulación de la riqueza, los
que no encuentran arraigo en las bases fundantes de la
potestades sancionatorias de la Administración.
PALABRAS CLAVES: Prescripción extintiva, potestad
sancionatoria de la Administración, régimen de pres-
cripción general y supletorio.
consideration the arguments put forward by the juris-
prudence of the Supreme Court to adhere to one or an-
other system. Thus, on the ideas of unity and coherence
that should inform the construction of Law as a system,
we note that there is a teleological inconsistency in the
thesis that postulates the supplementary nature of the
Civil Code regulations on the matter when responding
to regulation, satisfaction and caution. of legal assets of
a patrimonial nature, and therefore, subject to the logic
of principles such as the autonomy of the will and the
free circulation of wealth, which are not rooted in the
founding bases of the sanctioning powers of the Admin-
istration.
KEY WORDS: Extinguishing statute of limitations, ad-
ministrative penalty law, general statute of limitations,
administrative penalty law as a system.
I. INTRODUCCIÓN
La prescriptibilidad de las acciones constituye un principio general en nuestro ordenamiento, al
punto de entenderse que aun ante la falta de norma expresa, toda acción o pretensión está sujeta
inexorablemente a su extinción al conjugarse los elementos de inactividad del titular y transcurso del
tiempo.1
En el caso del ejercicio de la potestad sancionatoria de la Administración, salvo excepciones, no existe
norma expresa general que regule este instituto. Esto ha generado una ardua labor interpretativa,
principalmente jurisprudencial, dirigida a precisar las reglas que rigen la prescripción de esta po-
testad, por vía de la supletoriedad, mediante la identicación de regímenes generales en la materia.
Estos esfuerzos han decantado en dos soluciones por vía de integración normativa, a saber, por una
parte, aquellas que identican como régimen general y supletorio en la materia, a las reglas conteni-
das en los artículos 2492 y siguientes del Código Civil (en adelante CC) y por otra aquellas que apuntan
a las establecidas en los artículos 94 y siguientes del Código Penal (en adelante CP).
A la fecha, de acuerdo con los más recientes pronunciamientos de la Corte Suprema en la materia, el
criterio predominante es aquel que sostiene la supletoriedad de las reglas del Código Civil, descar-
tando toda remisión a la dogmática penal.
1 Esta armación encuentra por sustento la variada jurisprudencia de la Corte Suprema, conforme dan cuenta la totalidad de las
sentencias revisadas en la presente investigación cuyos datos para efectos de consulta se detallarán más adelante. Cabe señalar
que la prescriptibilidad de la potestad sancionatoria no es un tema pacico en nuestra doctrina, ver ArAncibiA (2021), pp. 105-137.
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