Criterio de interpretación de las leyes - 26 de Febrero de 2022 - El Mercurio - Noticias - VLEX 897277582

Criterio de interpretación de las leyes

Entre las numerosas propuestas que van camino a convertirse en el régimen constitucional de la Justicia en Chile, está aquella que establece la perspectiva de género como criterio de interpretación de las leyes. Sin embargo, si llega a ratificarse -ya fue aprobada en particular por el pleno de la Convención-, podría representar un cambio radical en la forma de entender la totalidad de las leyes, desde la ley de drogas hasta el Código Civil.El principal problema de una propuesta como esta es que traslada a los operadores de la justicia -jueces, consejeros técnicos, fiscales, etcétera- tareas que son propias del legislador democrático. Es la ley la que debe orientarse según las necesidades técnicas y las prioridades políticas, y no el aplicador quien debe acomodar el sentido de la ley a lo que él considera más acorde con tal o cual prioridad. Si, por ejemplo, el régimen patrimonial del matrimonio contuviera todavía alguna regla que resulta contraria a la igualdad de derechos entre hombres y mujeres, es el legislador quien debe modificar esa regla y no el juez quien debe hacer como si ella no existiera.En el caso del enfoque de género se añade a esto un grave problema: Ni siquiera los expertos en Derecho tienen claridad sobre lo que implica este enfoque, más allá de un núcleo elemental ya suficientemente contenido en la garantía de igualdad ante la ley -garantía que, por lo demás, nunca ha sido interpretada de un modo formalista por los tribunales ordinarios ni por el TC-. Se trata, pues, de una categoría amplísima, que puede utilizarse para fundamentar decisiones muy dispares y que, por lo mismo, termina por no servir de verdadero fundamento a ninguna. Si algo parecido está ocurriendo ya con el criterio del "interés superior" en el Derecho de Familia, con mayor razón ocurrirá con el enfoque de género. Su inclusión en el texto constitucional potenciaría enormemente este...

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