Decreto 107 - DECLARA AREA MARINA Y COSTERA PROTEGIDA UN SECTOR DEL BORDE COSTERO EN LAS CRUCES, COMUNA DE EL TABO, PROVINCIA DE SAN ANTONIO, V REGION DE VALPARAISO - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 241726114

Decreto 107 - DECLARA AREA MARINA Y COSTERA PROTEGIDA UN SECTOR DEL BORDE COSTERO EN LAS CRUCES, COMUNA DE EL TABO, PROVINCIA DE SAN ANTONIO, V REGION DE VALPARAISO

EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Rango de LeyDecreto

DECLARA AREA MARINA Y COSTERA PROTEGIDA UN SECTOR DEL BORDE COSTERO EN LAS CRUCES, COMUNA DE EL TABO, PROVINCIA DE SAN ANTONIO, V REGION DE VALPARAISO

Núm. 107.- Santiago, 22 de abril de 2005.- Vistos y teniendo presente: Lo dispuesto en el artículo 32º Nº 8 y 19 Nº 8 de la Constitución Política de la República de Chile; el DFL Nº 340, de 1960, sobre Concesiones Marítimas y su Reglamento, DS (M) Nº 660, de 1988; el DFL Nº 292, de 1953, que fijó el texto refundido de la Ley Orgánica de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante; el DL Nº 2.222, de 1978, Ley de Navegación; los artículos 1, 34 y 36 de la Ley Nº 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente; el DL Nº 1.939, sobre Adquisición, Administración y Disposición de los Bienes del Estado; la Ley Nº 18.892 y sus modificaciones, Ley General de Pesca y Acuicultura; el DS (M) Nº 1, de 1992, Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática; el DS (M) Nº 475, de 1994, que establece la Política Nacional de Uso del Borde Costero del Litoral de la República; el DS Nº 1.963, de 1994, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que ratificó el Convenio sobre Diversidad Biológica; el DS Nº 771, de 1981, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que aprueba la Convención sobre Zonas Húmedas denominada "Ramsar"; lo informado por la Comisión Regional de Uso del Borde Costero, en su oficio Ord. CRUBC Nº 24, de 6 de agosto de 2004; el Acuerdo adoptado en la sesión Nº 1/2004, de fecha 10 de agosto de 2004, de la Comisión Nacional de Uso del Borde Costero del Litoral de la República, que aprobó el proyecto presentado por la Pontificia Universidad Católica de Chile.

Considerando:

Las facultades que le asisten al Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, en relación al control, fiscalización y supervigilancia de toda la costa y mar territorial de la República y la administración de los bienes y espacios que conforman el borde costero del litoral de la República.

Que los objetivos generales de la Política Nacional de Uso del Borde Costero del Litoral de la República, establecida en artículo 1º del DS (M) Nº 475, de 1994, son propender al desarrollo de los recursos y riquezas de cada área del litoral en consideración a su realidad geográfica; a la protección y conservación del medio ambiente marítimo, terrestre y aéreo; a una adecuada compatibilización y desarrollo equilibrado de las múltiples actividades que se realizan o puedan realizarse en esta zona, acorde con los...

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