Contraloría: importancia y propuestas para una nueva constitución - Núm. 1505, Julio 2021 - Temas Públicos - Libros y Revistas - VLEX 874198939

Contraloría: importancia y propuestas para una nueva constitución

Páginas1-8
TEMAS PÚBLICOS
www.lyd.org
Nº 1505 - 2
23 de julio de 2021
ISSN 0717-1528
1
CONTRALORÍA: IMPORTANCIA Y PROPUESTAS PARA
UNA NUEVA CONSTITUCIÓN
El control de legalidad de los actos de la Administración del Estado, la fiscalización del buen
uso de los recursos públicos y el control de cuentas, entre otras labores, tienen su principal
fundamento en el principio del Estado al servicio de la persona, la promoción del bien
común y el rol instrumental del Estado para la consecución de dichos fines. Los controles
y pesos y contrapesos entre poderes públicos, como el que ejerce la Contraloría, son
fundamentales.
Sin perjuicio de lo anterior, es preciso explorar formas de modernizar la institucionalidad
vigente. En este sentido, revisar la gobernanza de la Contraloría, para modernizarla, es una
de las cuestiones en las que se debe avanzar para que pueda cumplir su labor de control
jurídico con mayor eficiencia y eficacia.
La Co ntraloría General de la República (Contraloría o CGR) -órgano de rango
constitucional autónomo en la actual Constitución- detenta una función crucial para
el derecho constitucional moderno, especialmente en el control del actuar de la
Administración del Estado frente al ciudadano. En concreto, realiza la esencial
función de ejercer el control administrativo externo, para la juridicidad de los actos
de la Administración, y de fiscalizar y examinar las finanzas del Estado. Sin
responsabilidad y control, no cabe hablar de Estado Constitucional de Derechoi.
RESEÑA HISTÓRICA SOBRE LA CONTRALORÍA EN CHILE
La necesidad de controlar la legalidad de los actos administrativos, así como la
legalidad del ingreso, egreso e inversión de los recursos públicos no es propia del
siglo XX, sino que aparece en Chile en los albores de su existencia, cuando era un
territorio político-administrativo del Imperio Español. En efecto, en 1541, al
instalarse el primer cabildo, en Santiago, se designó a “cuatro o ficiales encargados
de velar por el correcto uso de las Cajas Reales. En 1567, esta función y otras se
radican en la Real Audiencia.ii Luego, con la independencia, las funciones
contables, fiscalizadoras, consultivas y normativas se radican en la llamada
Contaduría Mayor y el Tribunal de Cuentas”iii. En 1839, mediante un decreto
supremo, se facultó a la Contaduría Mayor para tomar razón de la promulgación de
las leyes, decretos, reglamentos, presupuestos, gastos y resoluciones
administrativas que comprometieran fondos públicos o tuvieran relación con la

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