Resolución núm. 2724 EXENTA, publicada el 11 de Enero de 2012. EJECUTA ACUERDO DE CONSEJO Nº 2.708, DE 2011, QUE DEJA SIN EFECTO ACUERDO DE CONSEJO Nº 1.867, DE 1996, QUE CREÓ EL PROGRAMA DE SUBSIDIO CONTINGENTE A BANCOS E INSTITUCIONES FINANCIERAS PARA CRÉDITOS DE PREGRADO, DENOMINADO 'SUCO PREGRADO' - CORPORACIÓN DE FOMENTO DE LA PRODUCCIÓN - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469295362

Resolución núm. 2724 EXENTA, publicada el 11 de Enero de 2012. EJECUTA ACUERDO DE CONSEJO Nº 2.708, DE 2011, QUE DEJA SIN EFECTO ACUERDO DE CONSEJO Nº 1.867, DE 1996, QUE CREÓ EL PROGRAMA DE SUBSIDIO CONTINGENTE A BANCOS E INSTITUCIONES FINANCIERAS PARA CRÉDITOS DE PREGRADO, DENOMINADO 'SUCO PREGRADO'

Publicado enDiario Oficial
EmisorCORPORACIÓN DE FOMENTO DE LA PRODUCCIÓN
Rango de LeyResolución

EJECUTA ACUERDO DE CONSEJO Nº 2.708, DE 2011, QUE DEJA SIN EFECTO ACUERDO DE CONSEJO Nº 1.867, DE 1996, QUE CREÓ EL PROGRAMA DE SUBSIDIO CONTINGENTE A BANCOS E INSTITUCIONES FINANCIERAS PARA CRÉDITOS DE PREGRADO, DENOMINADO "SUCO PREGRADO"

Santiago, 30 de diciembre de 2011.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 2.724 exenta.- Visto:

  1. Por acuerdo de Consejo Nº 1.867 de 1996, modificado por acuerdos Nº 2.041, Nº 2.063, ambos de 1999, Nº 2.200 y Nº 2.239, ambos de 2002, Nº 2.323, de 2004, Nº 2.406, de 2006, y Nº 2.536, de 2009, se creó el actualmente denominado Programa de Subsidio Contingente a Bancos e Instituciones Financieras para Créditos de Pregrado, cuyo Reglamento vigente se encuentra aprobado por resolución (E) Nº 429, de 2009, y sus modificaciones posteriores.

  2. El Programa de Subsidio Contingente, individualizado en el numeral anterior, tiene por finalidad entregar Cobertura a los Créditos entregados por las Instituciones Financieras para cursar Estudios de Educación Superior, respecto de aquellos estudiantes que pertenecen a los quintiles más bajos de ingreso familiar, que a su vez han recibido los créditos mediante el refinanciamiento que las Instituciones Financieras han solicitado a CORFO (salvo en el caso del Banco del Estado que no puede recibir financiamiento de otra institución del Estado pero que durante los últimos años no ha utilizado el presente Programa).

  3. Considerando que desde la entrada en vigencia del Crédito con Aval del Estado, el Crédito CORFO redujo en forma importante sus operaciones y, teniendo presente además, que la Ley de Presupuestos para el año 2012 no contempla recursos para el Fondo de Cobertura de Riesgos del artículo 7º del decreto supremo Nº 793, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que autoriza a CORFO para entregar subsidios contingentes, corresponde poner término al Programa con sus condiciones vigentes, a efectos del otorgamiento de subsidios contingentes para financiar operaciones a contar del año 2012.

  4. El acuerdo de Consejo Nº 2.708, de 2011, que deja sin efecto acuerdo de Consejo Nº 1.867, de 1996, que creó el Programa de Subsidio Contingente a Bancos e Instituciones Financieras para créditos de Pregrado, denominado "SUCO Pregrado".

  5. Lo establecido en el artículo 3º de la ley Nº 19.880, las facultades que me confieren la ley Nº 6.640, el decreto con fuerza de ley Nº 211, de 1960, del Ministerio de Hacienda, y el Reglamento General de la...

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