Decreto 1151 - APRUEBA ORDENANZA SOBRE CIERRE O MEDIDAS DE CONTROL DE ACCESO A CALLES Y PASAJES, O A CONJUNTOS HABITACIONALES URBANOS O RURALES CON UNA MISMA VÍA DE ACCESO Y SALIDA
Emisor | MUNICIPALIDAD DE VILLA ALEMANA |
Rango de Ley | Decreto |
Fecha de entrada en vigor | 6 de Septiembre de 2011 |
APRUEBA ORDENANZA SOBRE CIERRE O MEDIDAS DE CONTROL DE ACCESO A CALLES Y PASAJES, O A CONJUNTOS HABITACIONALES URBANOS O RURALES CON UNA MISMA VÍA DE ACCESO Y SALIDA
Núm. 1.151.- Villa Alemana, 11 de agosto de 2011.- Vistos:
El Acuerdo del H. Concejo Municipal, adoptado en la sesión ordinaria Nº 101 de fecha 10 de agosto del año 2011, por medio del cual se aprueba la Ordenanza Municipal "Sobre Cierre o Medidas de Control de Acceso a Calles y Pasajes, o a Conjuntos Habitacionales Urbanos o Rurales con una misma Vía de Acceso y Salida", propuesto por el Alcalde.
El certificado Nº 114 de fecha 10 de agosto del año 2011, del Secretario Municipal, que da cuenta del Acuerdo referido precedentemente.
Lo prescrito en la ley Nº 20.499, que "Regula el Cierre de Calles y Pasajes por Motivos de Seguridad Ciudadana", del Ministerio del Interior, Subsecretaría del Interior, publicada en el Diario Oficial con fecha 8 de febrero del año 2011, la que modifica diversas disposiciones de la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, disponiéndose la dictación de una ordenanza sobre la materia.
Las facultades que me confiere la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, especialmente en su nueva letra q), de su artículo 65, introducido por la citada ley Nº 20.499,
Decreto:
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- Apruébese la siguiente Ordenanza Municipal "Sobre Cierre o Medidas de Control de Acceso a Calles y Pasajes, o a Conjuntos Habitacionales Urbanos o Rurales con una misma Vía de Acceso y Salida", que a continuación se transcribe:
ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE CIERRE O MEDIDAS DE CONTROL DE ACCESO A CALLES Y PASAJES, O A CONJUNTOS HABITACIONALES URBANOS O RURALES CON UNA MISMA VÍA DE ACCESO Y SALIDA
Objetivo y definiciones
La presente ordenanza tiene por objeto regular el cierre de: calles y pasajes, o de conjuntos habitacionales urbanos o rurales con una misma vía de acceso y salida; como asimismo, regular medidas de control sobre las mismas vías y conjuntos habitacionales ya mencionados; todo ello, para garantizar la seguridad de los vecinos.
Para todos los efectos legales, las palabras que se indican a continuación tendrán el siguiente significado:
Calle: Vía vehicular de cualquier tipo que tiene acceso y salida por más de una calzada.
Calzada: Parte de una vía destinada al tránsito de vehículos y animales.
Pasaje: Vía destinada al tránsito peatonal y/o vehicular, que tiene acceso y salida por una sola calle.
Del procedimiento
Los residentes de calles y pasajes, o de conjuntos habitacionales urbanos o rurales con una misma vía de acceso y salida, podrán solicitar al Municipio un permiso de cierre de dichas vías o conjuntos habitacionales.
Las solicitudes que por escrito se hagan, deberán tener por objeto garantizar la seguridad de los vecinos, debiendo cumplir con los siguientes requisitos específicos:
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Acompañar la firma de al menos un 90% (noventa por ciento) de los propietarios de los inmuebles o de sus representantes, cuyos accesos se encuentren ubicados al interior de la calle, pasaje o conjunto habitacional que será objeto del cierre;
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Fundar la solicitud, especificando de qué forma el cierre solicitado garantizará la seguridad de los vecinos;
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Individualizar con precisión, la calle, pasaje o conjunto habitacional afecto a la...
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