Concede beneficios económicos al personal de la Contraloría General de la República. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914509016

Concede beneficios económicos al personal de la Contraloría General de la República.

Fecha04 Enero 2000
Fecha de registro04 Enero 2000
Número de Iniciativa2446-05
EtapaTramitación terminada Ley Nº 19.663 (Diario Oficial del 04/02/2000)
MateriaCONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA
Cámara Legislativa de OrigenMensaje,Cámara de Diputados
Tipo de proyectoProyecto de ley
MENSAJE DE S








MENSAJE DE S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CON EL QUE SE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE CONCEDE BENEFICIOS ECONOMICOS AL PERSONAL DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA.

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SANTIAGO, diciembre 28 de 1999








M E N S A J E Nº 243-341/








Honorable Cámara de Diputados:

A S.E. EL

PRESIDENTE

DE LA H.

CAMARA DE

DIPUTADOS.

La Contraloría General de la República constituye un organismo autónomo y de rango constitucional cuyas principales funciones y atribuciones se encuentran contempladas en los artículos 87 y 88 de la Constitución Política de la República. El Ejecutivo, consciente de la importancia fundamental que reviste esta entidad para el mantenimiento del Estado de Derecho y para el control y fiscalización de los Organos de la Administración del Estado, ha estimado de toda conveniencia buscar un mejoramiento de remuneraciones para su personal, el que presenta diferencias importantes respecto de sectores homologables De este modo, en el contexto de la política de modernización del Estado llevada a cabo por la actual Administración, se confiere un nuevo impulso en la búsqueda de una mayor eficiencia de ese órgano de control, sobre la base de un recurso humano debidamente seleccionado y estimulado.
  1. FUNDAMENTOS Y OBJETIVO DE LA INICIATIVA.


1. Avances y desafíos que enfrenta el régimen de probidad de la Administración del Estado.

La actual Administración ha concretado importantes avances en esta materia, tanto en sus políticas como en la configuración de las estructuras normativas indispensables para precaver la comisión de irregularidades o faltas a la probidad pública. Así lo demuestran la reciente promulgación de dos cuerpos legales: la Ley Nº 19.645, que modifica las normas del Código Penal sancionando casos de corrupción y la Ley Nº 19.653, sobre Probidad de los Organos de la Administración. A lo anterior, se agrega la creación del Consejo de Auditoría Interna General de Gobierno.

Con todo, los países enfrentan hoy un desafío creciente, en que la corrupción y el soborno operan a nivel transnacional, mediante métodos o actitudes cada vez más sofisticados y audaces. Ello ha motivado, incluso, la adopción de Acuerdos Internacionales, como la Convención Interamericana contra la Corrupción, de 1996, suscrita y ratificada por Chile, o la Convención para castigar el soborno a funcionarios públicos extranjeros, suscrita en París, Francia, en 1997, en actual trámite de aprobación en el Congreso Nacional. No obstante, este desafío también hace indispensable fortalecer los mecanismos de control interno con que cuenta el país, dentro de los cuales la Contraloría General de la República tiene una trascendencia fundamental.

Para hacer frente a estas demandas, la Contraloría General de la República encuentra una importante limitación, entre otros factores, en el monto de las remuneraciones de su personal. En efecto, ello dificulta el reclutamiento de profesionales jóvenes de buen nivel y la retención de aquellos que han hecho una carrera dentro de la institución.

2. Necesidad de modernización integral de la estructura orgánica de la Contraloría General de la República.

Por otra parte, y teniendo en consideración que el diseño organizacional de la institución de Control no guarda suficiente concordancia con una gestión administrativa moderna, existe consenso acerca de la necesidad de acelerar el proceso de su modernización integral, abarcando tanto aspectos estructurales, como operativos, funcionales y de administración de personal. Lo anterior, teniendo presente además, que a la Contraloría le resultan plenamente aplicables los principios e indicadores de gestión que se consideran para el mejoramiento de los órganos integrantes de la Administración del Estado.

3. Conveniencia de abordar en primer lugar los aspectos remuneracionales de la modernización requerida.

Si bien los aspectos remuneracionales y estructurales antes señalados, son igualmente relevantes y están estrechamente relacionados en el contexto de la necesaria modernización que requiere el Organo de Control, el Ejecutivo ha estimado necesario avanzar, por ahora, en el mejoramiento de los niveles económicos del personal, lo que constituye el objetivo de la presente iniciativa. Ello, en tanto se avanza en el plan de modernización que implicará una revisión de los procesos y una adecuación de funciones y roles y, consecuentemente, la fijación de una nueva planta de personal acorde con dichos cambios.

II. CONTENIDO DEL PROYECTO.

1. Transformación de asignaciones transitorias de la Ley Nº 19.562 en permanentes y otorgamiento de una asignación de "control".

Con el fin de detener el éxodo de personal altamente calificado, especialmente profesionales, tanto al sector privado como hacia otras entidades públicas mejor remuneradas o sin las limitantes que supone la dedicación exclusiva que afecta a los funcionarios de la Contraloría General, se procedió como medida urgente, a dictar la Ley Nº 19.562, que concedió a dicho personal dos asignaciones especiales transitorias, como anticipo del sistema de remuneraciones que se viene estableciendo en el presente proyecto de ley.

Sin perjuicio de que dichas asignaciones pasan a tener el carácter de permanentes a contar del 1° de enero del año 2000, se establece además, para todo el personal del Organismo Fiscalizador, una "asignación de control" de los montos que se señalan para cada grado.

2. Asignación de Responsabilidad.

Por otra parte, a los funcionarios que integran las Plantas Directiva y de Jefaturas, Profesionales y Fiscalizadores, se les otorga una asignación mensual denominada "asignación de responsabilidad", sobre la base de porcentajes según los respectivos grados.

En efecto, en el artículo 2° de la iniciativa, se otorga al personal que pertenezca o se encuentre asimilado a las Plantas de Directivos, Profesionales, Fiscalizadores y Jefaturas, una asignación mensual designada "Asignación de Responsabilidad" con porcentajes decrecientes desde Fuera de grado (F/G) hasta el grado 15°, calculada sobre la suma del sueldo base, la asignación de fiscalización y la asignación del artículo 4°, inciso final, de la Ley Nº 18.717.

Cabe señalar que, por...

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