De la competencia funcional - Parte IV. Los sujetos de las relaciones jurídicas procesales - Teoría general del proceso civil - Libros y Revistas - VLEX 976426661

De la competencia funcional

AutorUgo Rocco
Cargo del AutorProfesor ordinario de derecho procesal civil en la Universidad de Nápoles Federico II (Italia)
Páginas298-301
298
UGO ROCCO
III
DE LA COMPETENCIA FUNCIONAL
Sumario: 1. Concepto de la competencia funcional. 2. Particula res especies
de competencia funcional: a) Competencia para las impugnaciones en gene-
ral; b) Competencia por grados; c) Competencia de las Secciones Unidas de
la Casación. 3. Competencia territorial inderogable. 4. Competencia para la
ejecución y pa ra las oposiciones a la ejecu ción. 5. Competencia para las
providencias cautelares. 6. Competencia del fuero de la Hacienda. 7. Com-
petencia de la Corte de Apelaci ón en materia de reconocimiento de las sen-
tencias extranjeras. 8. Competencia funcional de los cancilleres y funciona-
rios judiciales.
1. Hemos visto, en términos gen erales, qué es la competencia funcion al y
cómo está determinad a por aquel con junto de funciones, actividades y poderes
que corresponden a un determinado órgan o juri sdiccional personificado por un
determinado sujeto. Según cierto concepto, la competencia funcional existe cuan-
do diversos órganos jurisdiccion ales so n llam ados a cono cer de la misma causa
en estadios o fa ses sucesivas del mismo proceso. En este sentido se suele hablar
de un a competencia por grados, o bien, en las relaciones entre conocimiento y rea-
lización de los intereses protegidos por el der echo objetivo , de una competencia
funcional para la ejecución, en contraposición a una competencia par a el conoci-
miento del derecho.
Desde otro punto de vista la competencia funciona l sirve para indicar una
particular compe tencia territorial, que las normas proce sales, por una razón de
interés público, establecen de modo inderogable, como, por ejemplo, la competen-
cia para la ejecución forzosa, la competencia para las providencias cautelares, etc.
Tal forma de competencia resiente aún, a un mismo tiempo, la influencia del crite-
rio funcional y la del criterio del territorio.
Debemos examinar ahora las particulares especies de competencia funcional,
y precisamente:
2.a) Las impugnaciones de las sentencias se enumeran como hemos visto en el
artículo 323, y respecto de d ichas impugnaciones la competencia se determina aten-
diendo a la funció n qu e el j uez de l a impugnación está llama do a ejercitar en
relación con la sentencia impugnada.
Dicho juez, como lo hemos visto, puede ser o el mismo juez que ha pr onun-
ciado la sentencia (revocación, oposición de tercero), o bien un juez jerárquicamente
superior, en el caso de apelación o de recurso de casación.

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