COMERCIAL Y SERVICIOS PEREZ LIMITADA - 15 de Octubre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 876836824

COMERCIAL Y SERVICIOS PEREZ LIMITADA

Fecha de publicación15 Octubre 2021
Número de registroCVE-2025791
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.078
CVE 2025791 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.078 | Viernes 15 de Octubre de 2021 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2025791
EXTRACTO
RAUL FARREN PAREDES, Abogado, Notario Público, Titular de la Notaria de Viña del
Mar, con oficio en Villanelo 66, de esta comuna, certifica: ANGEL ARMANDO AGUAYO
PEREZ, chileno, soltero, Ingeniero Comercial, y don DAGOBERTO ANDRES AGUAYO
PEREZ, chileno, soltero, empleado, ambos con domicilio en Parcela ciento sesenta, Condominio
Santa Rosa, Comuna Lampa, Ciudad de Santiago, de paso en esta; constituyeron una sociedad de
responsabilidad limitada que se regirá en todas sus partes por las cláusulas siguientes, las normas
de la ley tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones posteriores y en lo no previsto en
dicha norma, por el Código de Comercio y Código Civil en cuanto fueren pertinentes y
aplicables: cuya RAZON SOCIAL: COMERCIAL Y SERVICIOS PEREZ LIMITADA,
pudiendo actuar, contratar y funcionar inclusive con el Fisco, Bancos e Instituciones Financieras
y Empresariales de toda índole, con el nombre de fantasía COMERCIAL PEREZ LTDA.
DOMICILIO: tendrá su domicilio en la comuna de Los Vilos, sin perjuicio de establecer
sucursales, agencias u oficinas en otros lugares del país o del extranjero. OBJETO: La
explotación, en todas sus formas, de estaciones de servicios, compraventa, distribución y
comercialización de combustibles, lubricantes, aditivos, insumos, materiales de limpieza,
repuestos, accesorios, partes y piezas de vehículos. La compra, venta, distribución,
comercialización, arrendamiento, el lavado, limpieza, reparación, restauración y servicio técnico
de vehículos. La compra, venta, elaboración, fraccionamiento, envasado de comidas, bebidas y
alimentos en general, cigarrillos, artículos de aseo y decoración, y demás bienes de uso y
consumo personal o domestico y de los demás productos que decidan los socios; la compra,
venta y arrendamiento de grabaciones de audio y video, de los soportes físicos para el registro de
voz, imágenes y datos, de diarios, revistas, libros y demás medios de comunicación, visual, oral,
escrita y de cualquiera otra naturaleza; la prestación de revelado y copiado de fotografías,
fotocopiado, facsímil, telefonía, correo electrónico, acceso a Internet, cajeros automáticos,
cobranza y recaudación de cuentas de servicios domiciliarios y demás servicios a particulares; la
prestación de empresas o entidades que se dediquen a los mismos rubros u otros similares,
paralelos o complementarios, la prestación de servicios de administración, contabilidad y
asesoria a otras empresas o personas que desarrollen tales actividades; la compra, venta,
comercialización por cuenta propia o de terceros, la importación, exportación, confección y
fabricación de productos del área textil. La realización de toda clase de negocios, actos y
contratos conductores a los fines enunciados, y los demás que acuerden los socios de común
acuerdo. ADMINISTRACION: administración de la sociedad, la representación y el uso de la
razón social corresponderá al socio don ANGEL ARMANDO AGUAYO PEREZ, quien
actuando por la sociedad personalmente o a través de mandatario y anteponiendo a su firma la
razón social, obligarán y representarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o
giro ordinario, con facultades de la cláusula tercera. CAPITAL SOCIAL: es $30.000.000, don
ANGEL ARMANDO AGUAYO PEREZ, aporta $21.000.000, al contado, dinero en efectivo,
que ingresan en este acto a la caja social, equivalente al 70% por ciento de los derechos sociales;
don DAGOBERTO ANDRES AGUAYO PEREZ, aporta $9.000.000, al contado, dinero en
efectivo, los que ingresan en este acto a la caja social, equivalente al 30% de los derechos
sociales. LIMITACION: La responsabilidad de los socios quedará limitada al monto de sus
respectivos aportes. UTILIDADES: se repartirán entre los socios del mismo modo en que
participan en el capital social, e idéntica repartición sufrirán las pérdidas FALLECIMIENTO:
fallecimiento de alguno de los socios, continuará con los herederos del socio fallecido, los que
deberán designar un representante común ante la sociedad. LIQUIDACION: liquidación de la
sociedad será hecha por los propios socios, estando de acuerdo sobre la forma de proceder a ello.
A falta de acuerdo, actuará con iguales facultades un árbitro que más adelante se determina como
se designa. VIGENCIA: comenzará a regir con esta fecha y durará hasta el treinta de Diciembre
del año dos mil veinticinco, plazo que se entenderá renovable a su vencimiento en forma
automática, tácita y sucesiva, y por periodos de cinco años, según lo señalado clausula decima
primera. Demás clausulas consta en la escritura extractada. Viña del Mar, 12 de Octubre de 2021.

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