CLÍNICA DERMATOLÓGICA Y CIRUGÍA AMBULATORIA NOVA SpA - 28 de Junio de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 906807317

CLÍNICA DERMATOLÓGICA Y CIRUGÍA AMBULATORIA NOVA SpA

Número de registroCVE-2149169
Fecha de publicación28 Junio 2022
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.288
CVE 2149169 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.288 | Martes 28 de Junio de 2022 | Página 1 de 3
Empresas y Cooperativas
CVE 2149169
EXTRACTO
SOCIEDAD "CLÍNICA DERMATOLÓGICA Y CIRUGÍA AMBULATORIA NOVA
SpA” EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público, Titular de la
Trigésima Cuarta Notaría de Santiago, con Oficio en calle Luis Thayer Ojeda número trescientos
cincuenta y nueve, comuna de Providencia, CERTIFICA: Por escritura de fecha ocho del mes de
junio del año dos mil veintidós ante mí, Don EMANUEL ALBERTO MELLA DEFRANCHI,
chileno, casado en régimen se separación total de bienes, médico cirujano, cédula nacional de
identidad número quince millones quinientos noventa y dos mil seiscientos ocho guion dos, con
domicilio para estos efectos en Avenida Presidente Kennedy cinco mil setecientos treinta y
cinco, oficina cuatrocientos cuatro, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región
Metropolitana, mayor de edad constituyó ante mi una SOCIEDAD POR ACCIONES, S.p.A.,
que se regirá por el presente estatuto social y por las leyes vigentes, en especial, por la ley
número Veinte mil ciento noventa, Código de Comercio y Código Civil, bajo la razón social de
"CLÍNICA DERMATOLÓGICA Y CIRUGÍA AMBULATORIA NOVA S.p.A." y nombre de
fantasía "NOVA DERMATOLÓGICA”. El domicilio de la sociedad será Avenida Presidente
Kennedy cinco mil setecientos treinta y cinco, oficina cuatrocientos cuatro, comuna de Las
Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que
se acordare establecer en otras ciudades de la República o del extranjero. El plazo de duración de
la sociedad será indefinido. La Sociedad tendrá por objeto: será A) prestación de servicios
médicos, quirúrgicos, dermatológicos y asesorías en general en el área de la salud; B) control
preventivo, diagnóstico y tratamiento de enfermedades; C) servicios médicos de atención
ambulatoria en centro médico; D) administración de centro de salud.; E) Compra, venta, arriendo
y, en general, la inversión sobre toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o
incorporales y derechos.- El capital social será la suma de diez millones de pesos, dividido en
Diez millones de acciones de una misma serie, sin valor nominal, que se suscriben y pagan en
este acto en dinero efectivo. Correspondiendo el cien por ciento de las mismas, es decir la
totalidad de las acciones para el Sr. EMANUEL ALBERTO MELLA DEFRANCHI.- La
administración y el uso de la razón social corresponderá al sr. EMANUEL ALBERTO MELLA
DEFRANCHI, quien representará a la sociedad con plenos poderes. El administrador deberá
actuar anteponiendo a su firma la razón social representaran a la sociedad con amplias
atribuciones y sin limitación alguna pudiendo efectuar todos los actos, contratos o convenciones
que se relaciones directa e indirectamente con el objeto social. Sin que la enumeración sea
taxativa ni limitativa de sus atribuciones, los administradores podrán: 1) representar
judicialmente a la sociedad, estando legalmente investidos de las facultades establecidas en
ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil; 2) Hacer cumplir y llevar
a efecto los acuerdos y resoluciones del directorio, y adoptar dentro de sus facultades, todas las
medidas que requiera la buena marcha de los negocios sociales; 3) Impartir las órdenes e
instrucciones necesarias para el buen desempeño de las funciones de los trabajadores de la
sociedad y el logro de los objetivos sociales; 4) Servir de secretario del directorio y de las juntas
de accionistas; 5) Enviar las comunicaciones, correspondencia y publicaciones ordenadas por las
leyes, reglamentos y por este estatuto; 6) Llevar y custodiar los libros y registros sociales, como
asimismo, el que estos sean llevados con la regularidad exigida por la ley y sus normas
complementarias; 7) Celebrar contrato de promesa; 8) Otorgar los contratos prometidos y exigir
judicial o extrajudicialmente su cumplimiento; 9) Comprar, vender, permutar, y en general,
adquirir y enajenar a cualquier título, toda clase de bienes, corporales o incorporales, muebles o
inmuebles, valores mobiliarios o derechos en ellos; 10) dar y tomar en arrendamiento,
administrar y/o concesión, toda clase de bienes, corporales o incorporales, raíces o muebles,
servicios materiales o inmateriales; 11) tomar y dar bienes en comodato y/o mutuo 12) tomar y
dar dinero en mutuo; 13) tomar y dar dinero y otros bienes en depósitos sea necesario o
voluntario y en secuestro; 14) Dar y recibir bienes en Hipoteca, incluso con cláusula de garantía

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