Causa nº 7471/2013 (Otros). Resolución nº 87097 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 30 de Octubre de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 475688558

Causa nº 7471/2013 (Otros). Resolución nº 87097 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 30 de Octubre de 2013

Fecha de Resolución30 de Octubre de 2013
MovimientoRECHAZA CASACION EN EL FONDO
Rol de Ingreso7471/2013
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, treinta de octubre de dos mil trece.

Vistos y teniendo presente:

Primero

Que en conformidad a lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por la oponente a fojas 54.

Segundo

Que el recurso se sustenta en la vulneración de los artículos 1°, 7, 12 y 15 de la Ley N°19.620, 226 del Código Civil, 42 de la Ley N°16.618, 3°, 6, 9 y 21 de la Convención Internacional de Derechos del Niño, 425 del Código de Procedimiento Civil y 1698 del Código Civil. Argumenta que los jueces han desatendido los preceptos señalados en cuanto la adopción se rige por el principio de subsidiariedad debiendo tener prioridad la familia de origen o biológica; asimismo, no se ha cumplido con someter a la madre y oponente a ningún programa de intervención para reforzar sus habilidades parentales. Añade que tampoco se ha dado aplicación al principio rector del interés superior del niño y, finalmente, que las pruebas rendidas no permitirían concluir la inhabilidad de la madre.

Tercero

Que el recurso en estudio cuestiona los presupuestos fácticos y conclusiones a las que han arribado los sentenciadores y sobre la base de la cual han procedido a acoger la solicitud de declaración de susceptibilidad de adopción. En efecto, se desarrolla a partir de premisas distintas a las establecidas en la sentencia impugnada, como por ejemplo la habilidad de la oponente desconociendo que la materia en cuestión corresponde a una facultad privativa de los jueces del fondo, que no puede ser revisada de no mediar infracción a las normas reguladoras de la prueba, lo que no ha sido denunciado mediante el arbitrio en análisis.

Cuarto

Que lo razonado resulta suficiente para concluir que el recurso en análisis adolece de manifiesta falta de fundamento, lo que conduce a su rechazo en esta etapa de su tramitación.

Por estas consideraciones y normas legales citadas, se rechaza el recurso de...

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