Declaración de Impacto Ambiental. "centro De Engorda De Mitilidos Isla Guar, Comuna De Calbuco" Pert Nº 203104051 - Evaluación de Impacto Ambiental - Normativa - VLEX 928960564

Declaración de Impacto Ambiental. "centro De Engorda De Mitilidos Isla Guar, Comuna De Calbuco" Pert Nº 203104051

Monto0,3500 Millones de Dólares
Fecha de registro23 Septiembre 2005
Fecha23 Septiembre 2005
EtapaAprobado
Titular del proyectoALFREDO JULIO AVALOS ESCUDERO
Previsualización de Declaración de impacto ambiental (DIA)
Declaración de Impacto Ambiental
""CENTRO DE ENGORDA DE MITILIDOS ISLA GUAR, COMUNA DE CALBUCO" PERT Nº 203104051"
Titular: ALFREDO JULIO AVALOS ESCUDERO
Región: Región de Los Lagos
Tipología de Proyecto: n.2.- Produccion anual de moluscos filtradores u otras especies filtradoras
Fecha de Ingreso al sistema electrónico: 23 de Septiembre de 2005
Fecha de Presentación de la Declaración: 23 de Septiembre de 2005
  • Información General del proyecto
    • Nombre del Proyecto
      "CENTRO DE ENGORDA DE MITILIDOS ISLA GUAR, COMUNA DE CALBUCO" PERT Nº 203104051
    • Monto de Inversión. Expresado en U.S. Dólares
      350.000
    • Total Mano de Obra
      15
    • Mano de Obra Construcción
      4
    • Mano de Obra Operación
      4
    • Vida Útil
      INDEFINIDO
  • Ubicación del proyecto
    • Provincia
      • Llanquihue

    • Localización
      El proyecto se encuentra emplazado en el sector Isla Guar, seno de Reloncaví, Comuna de Calbuco, Región de los Lagos.
    • Mapa o croquis del lugar
      Ver archivo digital
    • Tipo de figura
      Polígono
    • Tipo de coordenadas
      Geográficas
    • Coordenadas
      Latitud Longitud
      Grados Minutos Segundos Grados Minutos Segundos
      41 43 53.40 72 57 48.85
      41 43 01.38 72 57 42.11
      41 43 49.95 72 57 14.41
      41 43 43.04 73 57 22.22

  • Descripción del proyecto
    • Descripción del proyecto

      I DESCRIPCION DEL PROYECTO O ACTIVIDAD

      ii.1 Localización:

      El proyecto se encuentra emplazado en el sector Isla Guar, seno de Reloncaví, Comuna de Calbuco, Región de los Lagos, y está delimitado por las siguientes coordenadas geográficas (de acuerdo a proyecto técnico presentado en Anexo B):

      VÉRTICE

      COORDENADAS CARTA

      SHOA N° 704

      LATITUD S

      LONGITUD W

      A

      41° 43’ 53,40’’

      72° 57’ 48,85’’

      B

      41° 43’ 01,38’’

      72° 57’ 42,11’’

      C

      41° 43’ 49,95’’

      72° 57’ 14,41’’

      D

      41° 43’ 43,04’’

      72° 57’ 22,22’’

      Fuente: proyecto técnico, Coordenadas referidas a la carta SHOA Nª 704

      De conformidad a lo establecido en la Ley General de Pesca y Acuicultura, el área en solicitud, respecto de la cual se desarrolla la presente DIA, fue fijada como autorizada para el ejercicio de la acuicultura por el D.S. Nº 359 de 1994 de Subsecretaría de Marina, debiendo utilizarse como referencia cartográfica la carta SHOA Nº 704.

      ii.2 Justificación De La Localización

      Por su ubicación, el proyecto no presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos. Se pone en antecedente de ello a la CONAMA, con el objeto de dar cumplimiento al Art. 11, literal (a) de la Ley 19.300 y el Art. 5 del D.S. N° 95 de 2001 del MINSEGPRES.

      El proyecto no genera efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire en ninguna de sus etapas, según lo indica el Art.11, literal (b) de la Ley 19.300 y el Art. 6 del D.S. N° 95 de 2001 del MINSEGPRES.

      La instalación del proyecto no involucra reasentamiento de comunidades humanas, ni alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. Este antecedente permite evaluar el cumplimiento de lo señalado en el Art. 11, literal (c) de la Ley 19.300 y el Art. 8 del D.S. N° 95 de 2001 del MINSEGPRES.

      El proyecto contempla la protección a recursos, áreas susceptibles y al valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. Se entrega esta información con el objeto de dar cumplimiento al Art.11, literal (d) de la Ley 19.300, y el Art. 9 del D.S. N° 95 de 2001 del MINSEGPRES.

      El proyecto contempla la protección del valor paisajístico y/o turístico, para dar cumplimiento a lo establecido en el Art.11, literal (e) de la Ley 19.300 y el Art. 10 del D.S. N° 95 de 2001 del MINSEGPRES.

      La actividad propuesta se realizará en un 100% en el medio marino, por lo que se concluye que este proyecto no constituye riesgo alguno para el patrimonio arqueológico que pudiera existir en el área. Esta información se pone a disposición de CONAMA para evaluar el cumplimiento de lo establecido en Art.11, literal (f) de la Ley 19300 y el Art. 11, literal (c) del D.S. N° 95 de 2001 del MINSEGPRES.

      No se generarán o presentarán alteraciones sobre el patrimonio cultural, según lo establecido en Art.11, literal (f) de la Ley 19.300 y el Art. 11, literal (d) del D.S. N° 95 de 2001 del MINSEGPRES.

      El proyecto no se encuentra emplazado en ninguna zona latente o saturada por algún contaminante, según exige la Ley N° 19.300.

      El proyecto no constituye riesgo para la presencia de especies vulnerables de flora marina nativa, de fauna marina vulnerable o en vías de extinción, para dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 6, literal (m) del D.S. N° 95 de 2001 del MINSEGPRES.



    • Objetivo General del Proyecto

      El proyecto corresponde a la instalación y operación de un nuevo Centro de engorda de mitílidos en el sector Isla Guar en la Comuna de Calbuco, Xª Región. El proyecto cumple con la tipología dispuesta en el Artículo 10° literal "n", de la Ley 19.300 y con el Artículo 3° literal "n.2", del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (D.S. Nº 95 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia).

      El titular presenta esta Declaración de Impacto Ambiental ante el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental según lo indicado en el oficio D.Ac. N° 590 del 17 de mayo de 2005.


    • Definición de las partes, acciones y obras físicas del proyecto

      I DEFINICIÓN DE SUS PARTES, ACCIONES Y OBRAS FÍSICAS

      iii.1 Etapa de construcción

      Esta etapa contempla principalmente la instalación y equipamiento de líneas de cultivo con colectores, para la etapa de captación de semillas de mitílidos, y líneas para el engorde de los mismos, con sus correspondientes fondeos y plataforma de operación para faenas de desdoble y cosecha. De acuerdo a lo informado en el proyecto técnico en el primer año de operación se contempla la instalación de 5 líneas para producir 42,5 ton de mitílidos hasta completar un total de 40 líneas con una producción máxima de 340 toneladas al quinto año de operación.

      La siguiente tabla resume el número de balsas a ingresar al centro:


      Años

      Número de líneas

      100 m de longitud

      Dimensión Total utilizada (m)

      1

      2

      3

      4

      5

      5

      5

      10

      10

      10

      40

      4.000

      Para implementar esta fase, el Titular contratará los servicios de terceros para la construcción de los sistemas de fondeo, preparación de los flotadores y líneas o bien serán construidos o preparados en un sector de playa cercano al centro de cultivo, previa autorización de la Autoridad Marítima respectiva. Cuando corresponda, el traslado de los sistemas o materiales se realizará por vía terrestre hasta la bahía de Chinquihue y posteriormente vía marítima se arribará a la concesión, para así consolidar la instalación definitiva de los sistemas en el mismo centro de cultivo.

      El sistema de cultivo propiamente tal, estará formado por una línea madre hecha con cabo de polipropileno de 22 mm de diámetro y de 100 m de longitud. Las líneas se dispondrán en forma paralela y separadas entre si cada 10 m, las que se mantendrán suspendidas en la superficie mediante flotadores de plástico o de poliestireno expandido forrados de color negro y de 250 lt de volumen. En cada línea se colocarán 250 cuerdas de red de 8 m de longitud y se distribuirán equidistantemente cada 40 cm. Se establece que los flotadores a utilizar por este futuro centro de engorda serán de color negro para minimizar el impacto visual que pudiese provocar.

      El sistema de fondeo de las líneas de cultivo corresponderá a un sistema de anclajes estándar compuesto por dos bloques de cemento de hormigón armado de 8 toneladas cada uno, con un anillo central de hierro de 1” de diámetro que sirve para amarrar los cabos de fondeo, el que está constituido por un cabo de polipropileno de 1” de diámetro. Estos cabos de fondeo se unirán a los extremos de la línea madre.

      Como plataforma de apoyo durante la instalación y operación del centro se tiene considerado la construcción de una balsa metálica de 12 x 6 x 0.9 m montada sobre flotadores y acondicionada con pescantes hidráulicos. Además el centro de cultivo contará con una embarcación menor, la cual será empleada para realizar funciones operativas en las actividades de colocación de cuelgas con semillas, encordado de semillas, cosecha y traslado del personal que labore en el centro.

      La instalación de las líneas de cultivo se realizará de acuerdo al siguiente programa:

      Tipo de Estructura

      Dimensiones

      Unidades nuevas proyectadas

      AÑO

      Total acumulado

      1

      2

      3

      4

      5 y siguientes

      Dimensión

      Línea

      100 * 1 m

      5

      5

      10

      10

      10

      40

      4.000 m

      La mano de obra que se utilizará tanto en la etapa de construcción como en la etapa de operación del proyecto será personal local, es decir habitantes de la Isla de Guar y aledaños al sector de la concesión de manera que puedan acceder fácilmente a sus hogares para efectos de colación y servicios higiénicos, otorgándoles el titular todas las facilidades para que esto se cumpla

      Considerando el número de personas que trabajarán en la etapa de construcción y de operación, se tiene prevista la instalación sobre la plataforma de apoyo de 2 tambores con agua potable de 200 Lt cada uno, los que serán repuestos los días hábiles de trabajo cumpliendo de esta forma con la normativa vigente de garantizar un suministro de agua de 100 Lt/trabajador/día. Estos tambores estarán al resguardo de la luz solar.

      Todos los residuos sólidos que se generen producto de desechos de la construcción, montaje y ensamblaje de las artes de cultivo, serán recolectados y trasladados a vertederos autorizados como Sociedad Comercial Rexin u otro que cuente con las autorizaciones ambientales pertinentes.


      iii.2 Etapa de Operación

      Para la realización de todas las actividades durante la etapa de operación del centro de cultivo se dispondrá de 4 personas. Adicionalmente el proyecto podrá disponer para...

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