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Descripción del proyecto
DESCRIPCION DEL PROYECTO O ACTIVIDAD
II.1 Emplazamiento del proyecto
El proyecto se encuentra emplazado en la isla Queullín, específicamente en el sector norte de Punta Huin, Comuna de Calbuco, Provincia de Llanquihue, X región. De acuerdo al proyecto técnico presentado (anexo B) el centro de cultivo se ubicará en las siguientes coordenadas geográficas:
VERTICE
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COORDENADAS CARTA SHOA N° 7320
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DISTANCIA ENTRE VERTICES
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LATITUD S
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LONGUITUD W
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A
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41° 51’ 18,24”
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72 56’ 08,05”
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298,35 m
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B
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41° 51’ 20,42”
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72 55’ 55,44”
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750,63 m
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C
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41° 51’ 44,14”
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72 56’ 02,70”
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733,84 m
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D
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41° 52’ 07,92”
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72 56’ 03,54”
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418,32 m
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E
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41° 52’ 15,26”
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72 56’ 18,79”
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991,54 m
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F
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41° 51’ 43,18”
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72 56’ 16,20”
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792,12 m
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Fuente: Carta SHOA Nº 7320
Es preciso señalar que el D.S. (M) Nº 208 con fecha 21 de junio de 2005, modificó las coordenadas de las “Áreas aptas para el ejercicio de la acuicultura señaladas en el D.S. de la Subsecretaría de marina Nº 371 del año 1993 de acuerdo al Proyecto FIP 2003-23 “Levantamiento topográfico y regularización cartográfica de las concesiones en la X Región”, a partir del cual se reposicionaron las concesiones en la nueva carta S.H.O.A. Nº 7320.
A continuación se describe la superficie que comprende el proyecto detallando el sector de cultivo y el sector destinado a actividades de apoyo:
Etapa
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Superficie
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Levantamiento Información
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Etapa de Construcción
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80 m2 (plataforma mortalidad)
322 m2(Pontón flotante con habitabilidad)
28.800 m2 (Balsas Jaulas)
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Etapa de Operación
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51,63 Hás, área de concesión
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Etapa de Abandono
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Etapa
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Fecha de inicio
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Fecha de término
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Levantamiento Información
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Noviembre 2008
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Enero 2009
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Etapa de construcción
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Segundo Semestre 2010
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Segundo Semestre 2012
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Etapa de Operación
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Primer semestre 2011
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Indefinido
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Etapa de Abandono
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Indefinido
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Indefinido
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(*) Todas estas fechas están sujetas a la fecha de obtención de la RCA que califique favorablemente el proyecto y de las fechas en que se emitan las resoluciones de Subpesca y Subsecmar.
El titular velará por la sustentabilidad del proyecto con el fin que de su duración sea indefinida.
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Objetivo General del Proyecto
Tipología Del Proyecto
El proyecto corresponde a la instalación y operación de un nuevo Centro de Cultivo de Salmónidos en el sector Norte de Punta Huin de la isla Queullín, perteneciente a la comuna de Calbuco. El proyecto contempla la construcción e instalación de trenes de balsas jaulas en los que se ejecutará la fase de engorda en agua de mar. El proyecto cumple con la tipología dispuesta en el Artículo 10° letra n, de la ley 19.300; y con el Artículo 3° letra n.3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; D.S. N° 95/01 del Ministerio Secretaria General de la presidencia, dado que su producción es superior a 6.000 toneladas, en un sistema de producción intensivo.
De conformidad a la reglamentación vigente, la solicitud de concesión de acuicultura, junto con la totalidad de los antecedentes requeridos, entre los que se incluye el proyecto técnico y cronograma de actividades, fue presentada en la oficina de Sernapesca de Puerto Montt, X Región, registrándose bajo el Pert. N° 206104039 con fecha 28 de noviembre de 2006.
De este modo, habiéndose ya cumplido los trámites prescritos en la normativa y en virtud a lo requerido por Subsecretaria de Pesca, para continuar con la tramitación de la correspondiente solicitud de concesión de acuicultura, el Titular mediante este acto viene en presentar la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) ante el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).
I.6 Justificación de la localización
Por su ubicación, el proyecto no presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos. Se pone en antecedente de ello a la CONAMA, con el objeto de dar cumplimiento al Art. 11, literal (a) de la Ley 19.300 y el Art. 5 del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.
El proyecto no genera efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire en ninguna de sus etapas, según lo indica el Art.11, literal (b) de la Ley 19.300 y el Art. 6 del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.
La instalación del proyecto no involucra reasentamiento de comunidades humanas, ni alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. Este antecedente permite evaluar el cumplimiento de lo señalado en el Art. 11, literal (c) de la Ley 19.300 y el Art. 8 del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.
El proyecto contempla la protección a recursos, áreas susceptibles y al valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. Se entrega esta información con el objeto de dar cumplimiento al Art.11, literal (d) de la Ley 19.300, y el Art. 9 del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.
El proyecto contempla la protección del valor paisajístico y/o turístico, para dar cumplimiento a lo establecido en el Art.11, literal (e) de la Ley 19.300 y el Art. 10 del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.
La actividad propuesta se realizará íntegramente en el medio marino, por lo que se concluye que este proyecto no constituye riesgo alguno para el patrimonio arqueológico que pudiera existir en el área. Esta información se pone a disposición de CONAMA para evaluar el cumplimiento de lo establecido en Art.11, literal (f) de la Ley 19300 y el Art. 11, literal (c) del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.
No se generarán o presentarán alteraciones sobre el patrimonio cultural, según lo establecido en Art.11, literal (f) de la Ley 19.300 y el Art. 11, literal (d) del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.
El proyecto no se encuentra emplazado en ninguna zona latente o saturada por algún contaminante, según exige la Ley Nº 19.300.
El proyecto no constituye riesgo para la presencia de especies vulnerables de flora marina nativa, de fauna marina vulnerable o en vías de extinción, para dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 6, literal (m) del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.
I.7 Monto estimado de la inversión
Se estima una inversión de US$ 1.500.000
I.8 Mano de obra utilizada en el proyecto
Etapa
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Mano de obra
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Levantamiento de información
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3 personas
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Etapa de construcción
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7 personas
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Etapa de operación
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7 personas
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Etapa de abandono*
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3 personas
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* En caso de que el Titular decidiera la cesación de actividades del centro.
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Definición de las partes, acciones y obras físicas del proyecto
Esta etapa contempla principalmente el armado e instalación de 32 balsas-jaula (estructuras flotantes y redes), repartidas entre el primer y tercer año de operación, con sus correspondientes fondeos, además de una bodega flotante proveída por la empresa Sitecna S.A. u otra presente en el mercado, además de una plataforma de mortalidad.
II.3.2 Etapa de Operación
Durante la etapa de operación del centro de cultivo, trabajarán 7 personas, a saber, 1 Jefe de Centro, 1 Asistente, 1 buzo, 3 operarios y 1 cocinero, con un horario de trabajo que se estima será de 14 días en el centro por 7 de descanso con dos grupos similares, es decir habrá dos equipos de trabajo excepto el Jefe de Centro y su Asistente los que se turnarán en estos períodos. En el desarrollo del ciclo productivo se podrán identificar dos etapas. La primera de ellas corresponde al ingreso de los smolts y posteriormente la etapa de engorda de los salmónidos. Se establece un ciclo productivo de aproximadamente 14 meses desde el ingreso de los smolts hasta alcanzar la talla comercial e iniciar el proceso de cosecha, el que podrá extenderse hasta los 16 meses que será el período de término de cosecha.
El personal profesional y técnico que trabajará en el centro de cultivo será contratado por el Titular en la ciudad de Puerto Montt, Valparaíso, Concepción o Santiago, esto porque en esas ciudades es donde existe una mayor oferta de profesionales especialistas en el área acuícola, tales como Biólogos...