Declaración de Impacto Ambiental. Centro De Cultivo De Salmonidos Paso Del Medio, Sector Oeste Islotes Rodriguez Pert Nº 205111132
Monto | 1,5000 Millones de Dólares |
En representación de | Sady Andrés Gonzalo Eduardo Delgado Barrientos |
Fecha de registro | 04 Abril 2008 |
Fecha | 04 Abril 2008 |
Etapa | Aprobado |
Titular del proyecto | EXPORTADORA LOS FIORDOS LIMITADA |
Titular: Ariel Ernesto Pavez Rubio
Región: | Región Aysén |
Tipología de Proyecto: | n.3.- Produccion anual igual o mayor a (35ton) tratandose de equinodermos, crustaceos y moluscos no filtradores, peces y otras especies, a traves de un sistema de produccion intensivo |
Fecha de Ingreso al sistema electrónico: | 4 de Abril de 2008 |
Fecha de Presentación de la Declaración: |
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Información General del proyecto
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Nombre del Proyecto
CENTRO DE CULTIVO DE SALMONIDOS PASO DEL MEDIO, SECTOR OESTE ISLOTES RODRIGUEZ PERT Nº 205111132
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Monto de Inversión. Expresado en U.S. Dólares
1500000
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Total Mano de Obra
25
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Mano de Obra Construcción
10
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Mano de Obra Operación
7
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Vida Útil
INDEFINIDA
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Nombre del Proyecto
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Ubicación del proyecto
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Provincia
- Aysen
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Localización
PASO DEL MEDIO, SECTOR OSTE ISLOTES RODRIGUEZ
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Mapa o croquis del lugar
Ver archivo digital
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Tipo de figura
Polígono
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Tipo de coordenadas
Geográficas
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Coordenadas
Latitud Longitud Grados Minutos Segundos Grados Minutos Segundos 45 02 07.94 73 30 20.34 45 22 07.94 73 30 59.19 45 22 15.67 73 29 58.19 45 22 15.67 73 30 20.34
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Provincia
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Descripción del proyecto
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Descripción del proyecto
DESCRIPCION DEL PROYECTO O ACTIVIDADII.1 Localización:El proyecto se encuentra emplazado en el área de Paso del medio, sector Oeste Islotes Rodríguez, Comuna de Aysén, Provincia de Aysén, XI región, y está delimitado por las siguientes coordenadas geográficas (de acuerdo a proyecto técnico presentado en Anexo B):VERTICECOORDENADAS CARTA SHOA N° 809DISTANCIA A ptos NotablesDEMARCACIÓNLATITUD SLONGUITUD WA45° 22’ 07,94”73° 30’ 20,34”864,93 m273°11’04,87”B45° 22’ 07,94”73° 30’ 58,19”380,20 m277°15’38,48”C45° 22’ 15,67”73° 29’ 58,19”423,59 m242°55’05,08”D45° 22’ 15,67”73° 30’ 20,34”884,86 m257°24’43,13”Fuente: Carta SHOA Nº 809De conformidad a lo establecido en la Ley General de Pesca y Acuicultura, el área en solicitud, respecto de la cual se desarrolla la presente DIA, fue fijada como autorizada para el ejercicio de la acuicultura por el D.S. Nº 359 de fecha 29 de septiembre de 1994 de Subsecretaría de Marina y publicado en el D.O. con fecha 14 de octubre de 1994, debiendo utilizarse como referencia cartográfica la carta SHOA Nº 809Sin embargo, Subsecretaría de Pesca realizó el proyecto FIP N° 2004-21: “Regularización cartográfica de concesiones de acuicultura en la XI región”, a partir del cual se traspasaron desde las antiguas cartas SHOA aún vigentes a las nuevas cartas SHOA N° 8610, 8612, 8620 y 8160, todas las concesiones de acuicultura otorgadas y solicitudes de concesión en trámite, dentro de las cuales se incluyó el presente proyecto de cultivo para lo cual se han reemplazado sus coordenadas desde la carta SHOA N° 809 y traspasado a la carta SHOA N° 8620 de acuerdo al siguiente cuadro:VERTICECOORDENADAS CARTA SHOAN° 8620COORDENADAS U.T.M.LATITUD SLONGUITUD WU.T.M. EU.T.M NA45° 22’ 20,37”73° 30’ 04,36”617359,694974595,14B45° 22’ 19,11”73° 29’ 39,98”617890,834974624,14C45° 22’ 11,45”73° 29’ 42,50”617840,344974861,39D45° 22’ 12,45”73° 30’ 02,80”617398,334974838,75II.2 Justificación De La LocalizaciónPor su ubicación, el proyecto no presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos. Se pone en antecedente de ello a la CONAMA, con el objeto de dar cumplimiento al Art. 11, literal (a) de la Ley 19.300 y el Art. 5 del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.El proyecto no genera efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire en ninguna de sus etapas, según lo indica el Art.11, literal (b) de la Ley 19.300 y el Art. 6 del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.La instalación del proyecto no involucra reasentamiento de comunidades humanas, ni alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. Este antecedente permite evaluar el cumplimiento de lo señalado en el Art. 11, literal (c) de la Ley 19.300 y el Art. 8 del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.El proyecto contempla la protección a recursos, áreas susceptibles y al valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. Se entrega esta información con el objeto de dar cumplimiento al Art.11, literal (d) de la Ley 19.300, y el Art. 9 del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES. Respecto de la presente indicación es preciso señalar que, en el marco de lo estipulado en el D.S. Nº 153 (Subsecretaría de Marina) de fecha 20 de mayo de 2004 que declara las “Áreas de Usos Preferentes Específicos del Borde Costero del Litoral de la XI Región”, el área donde se emplaza la concesión está definida de acuerdo a esta normativa de zonificación como áreas preferenciales para la Conservación.El proyecto contempla la protección del valor paisajístico y/o turístico, para dar cumplimiento a lo establecido en el Art.11, literal (e) de la Ley 19.300 y el Art. 10 del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.La actividad propuesta se realizará en un 100% en el medio marino, por lo que se concluye que este proyecto no constituye riesgo alguno para el patrimonio arqueológico que pudiera existir en el área. Esta información se pone a disposición de CONAMA para evaluar el cumplimiento de lo establecido en Art.11, literal (f) de la Ley 19300 y el Art. 11, literal (c) del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.No se generarán o presentarán alteraciones sobre el patrimonio cultural, según lo establecido en Art.11, literal (f) de la Ley 19.300 y el Art. 11, literal (d) del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.El proyecto no se encuentra emplazado en ninguna zona latente o saturada por algún contaminante, según exige la Ley Nº 19.300.El proyecto no constituye riesgo para la presencia de especies vulnerables de flora marina nativa, de fauna marina vulnerable o en vías de extinción, para dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 6, literal (m) del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.
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Objetivo General del Proyecto
I.4 Tipología Del ProyectoEl proyecto corresponde a la instalación y operación de un nuevo Centro de Cultivo de salmónidos en Paso del Medio, Sector Oeste Islotes Rodríguez, en la comuna de Aysén. Para ello se contempla la construcción e instalación de trenes de balsas jaulas en la que se ejecutará la fase de engorda en agua de mar. El proyecto cumple con la tipología dispuesta en el Artículo 10° letra n, de la ley 19.300; y con el Artículo 3° letra n.3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; D.S. N° 95/01 del Ministerio Secretaria General de la presidencia, dado que su producción es superior a 35 toneladas, en un sistema de producción intensivo.De conformidad a la reglamentación vigente, la solicitud de concesión de acuicultura, junto con la totalidad de los antecedentes requeridos, entre los que se incluye el proyecto técnico y cronograma de actividades, fue presentada en la oficina de Sernapesca XI Región, registrándose bajo el Pert. N° 205111132 con fecha 25 de mayo de 2005.De este modo, habiéndose ya cumplido los trámites prescritos en la normativa y en virtud a lo requerido por Subsecretaria de Pesca, mediante carta D. Ac. N° 2003, de fecha 03 de octubre del 2007, para continuar con la tramitación de la correspondiente solicitud de concesión de acuicultura, el Titular mediante este acto viene en presentar la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) ante el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). Para mayores antecedentes, en el Anexo B, se adjunta copia de la carta antes indicada.I.5 Resumen EjecutivoEl centro de cultivo contempla la instalación y el equipamiento de balsas jaulas para desarrollar la etapa de engorda de salmónidos en la fase de agua de mar. Este centro operará sobre una extensión de 11,71 Hás, sólo con instalaciones en el mar, razón por la cual no existe riesgo de interferir las actividades de la población en tierra.De acuerdo con el proyecto técnico y cronograma de actividades, presentado en el año 2005 por la Titular el flujo de producción para este centro contempla la instalación de balsas jaulas cuadradas de 30 m * 30 m y por 15 m de alto, con una densidad de cultivo de 8,9 kg/m3, por tanto para el primer año de operación se contempla la incorporación de 10 balsas jaula para una producción de 1.204 toneladas a cosechar durante el segundo año, para finalizar el quinto año de operación con 20 balsas jaulas con una producción máxima de 2.408 toneladas, producción que se mantendrá en los años siguientes.Teniendo en consideración que la región de Aysén aún no cuenta con empresas de servicios que puedan proveer los materiales y elementos necesarios para la entrada en operaciones de un centro de cultivo, el acceso primario se realizará por vía marítima desde Puerto Montt y/o Quellón, pasando por el puerto de Melinka, siguiendo la ruta de navegación establecida por los canales Pérez Norte y Pérez Sur, Canal Moraleda hasta el lugar de emplazamiento de la concesión, en la costa sur de Isla Churrecue donde se ubican los islotes Rodríguez. También es posible acceder hasta la concesión desde Puerto Chacabuco, pasando por el Fiordo Aysén hasta el sitio de la concesión, para las actividades de carga y descarga, así como para el traslado de las estructuras flotantes y sistemas de fondeos con las que contará el centro durante su etapa de construcción. Por la misma vía se...
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Descripción del proyecto
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