Descripción del proyecto
DESCRIPCION DEL PROYECTO O ACTIVIDAD
§ II.1 Emplazamiento del proyecto
El proyecto se encuentra emplazado en el Estero Comau, sector La Soledad, Comuna de Chaitén, Provincia de Palena, X región. De acuerdo al proyecto técnico presentado (anexo B) la concesión de acuicultura fue solicitada en las siguientes coordenadas geográficas:
VERTICE
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COORDENADAS CARTA SHOA Nº 7350
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DISTANCIA ENTRE VERTICES
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LATITUD S
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LONGUITUD W
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A
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42° 20’ 10,61”
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72 30’ 31,87”
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114,42 m
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B
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42° 20’ 10,50”
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72 30’ 26,87”
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686,45 m
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C
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42° 20’ 32,75”
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72 30’ 26,67”
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45,11 m
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D
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42° 20’ 32,85”
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72 30’ 28,64”
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148,07 m
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E
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42° 20’ 28,40”
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72 30’ 31,09”
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62,24 m
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F
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42° 20’ 28,01”
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72 30’ 33,75”
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72,81 m
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G
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42° 20’ 25,65”
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72 30’ 33,77”
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103,23 m
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H
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42° 20’ 23,39”
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72 30’ 30,45”
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248,21 m
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I
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42° 20’ 15,35”
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72 30’ 30,16”
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151,33 m
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Fuente: carta SHOA Nº 7350
A continuación se describe la superficie que comprende el proyecto detallando el sector de cultivo y el sector destinado a actividades de apoyo:
Etapa
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Superficie
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Levantamiento Información
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Etapa de Construcción
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15.300 m2 (Balsas Jaulas)
294 m2 (Pontón Flotante Sitecna)
80 m2 (plataforma mortalidad)
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Etapa de Operación
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6,58 Hás, área de concesión
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Etapa de Abandono
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Etapa
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Fecha de inicio
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Fecha de término
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Levantamiento Información
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Julio 2009
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Septiembre 2009
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Etapa de construcción
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Primer Semestre 2011
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Segundo Semestre 2013
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Etapa de Operación
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Primer Semestre 2011
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Indefinido
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Etapa de Abandono
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Indefinido
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Indefinido
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(*) Todas estas fechas están sujetas a la fecha de obtención de la RCA que califique favorablemente el proyecto y de las fechas en que se emitan las resoluciones de Subpesca y Subsecmar.
La Titular velará por la sustentabilidad del proyecto con el fin que de su duración sea indefinida.
Objetivo General del Proyecto
El centro de cultivo contempla la instalación y el equipamiento de 17 balsas jaulas para desarrollar la etapa de engorda de salmónidos en la fase de agua de mar. Este centro operará sobre una extensión de 6,58 Hás, sólo con instalaciones en el mar, razón por la cual no existe riesgo de interferir las actividades de la población en tierra.
De acuerdo con el proyecto técnico y cronograma de actividades presentado en la oficina de Castro del Servicio Nacional de Pesca con fecha 18 de julio del año 2006 por la Titular, el flujo de producción para este centro contemplaba la instalación de 12 balsas jaulas de 30x30x14 m de profundidad para llegar a producir al final del quinto año de operación una biomasa de 2.419,2 toneladas de salmón. Sin embargo, con fecha 06 de octubre de 2009 mediante Control de Ingreso N° 12788 de Oficina de Partes de Subsecretaría de Pesca, la Titular ingresó una corrección a su proyecto técnico original, en el que se considera la instalación de 17 balsas jaulas cuadradas de 30 m x 30 m y de 15 m de alto, para una densidad de cultivo máxima de 17 kg/m3. Según lo señalado anteriormente, el proyecto técnico contempla la instalación de 17 balsas jaulas para producir 3.901,5 toneladas, siendo esta última biomasa la que se somete a consideración y evaluación ante la autoridad ambiental competente. La instalación se hará de manera paulatina incorporando durante el primer año, 8 balsas jaulas y posteriormente durante el tercer año de operación otras 9 balsas jaulas, finalizando entonces con la cantidad máxima de 17 estructuras de cultivo.
Se contempla la incorporación de un Pontón flotante con habitabilidad que cuenta además, con un área de almacenamiento para el alimento de los peces, así como también con una planta de tratamiento que se encargará de los residuos líquidos que genere el pontón. El proyecto considera la instalación de una Plataforma de mortalidad de uso exclusivo del centro.
§
El proyecto corresponde a la instalación y operación de un nuevo Centro de Cultivo de Salmónidos en el Estero Comau, sector La Soledad, perteneciente a la comuna de Chaitén. El proyecto contempla la construcción e instalación de trenes de balsas jaulas en los que se ejecutará la fase de engorda en agua de mar. El proyecto cumple con la tipología dispuesta en el Artículo 10° letra n, de la ley 19.300; y con el Artículo 3° letra n.3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; D.S. N° 95/01 del Ministerio Secretaria General de la presidencia, dado que su producción es superior a 1.000 toneladas, en un sistema de producción intensivo.
De conformidad a la reglamentación vigente, la solicitud de concesión de acuicultura, junto con la totalidad de los antecedentes requeridos, entre los que se incluye el Proyecto Técnico y Cronograma de Actividades, fue presentada en la oficina de Sernapesca de la ciudad de Castro, Xa Región, registrándose bajo el Pert N° 206103190 con fecha 18 de julio de 2006 y según lo indicado en párrafos anteriores, ingresando posteriormente una corrección en Oficina de Partes de Subsecretaría de Pesca con fecha 06 de octubre de 2009
De este modo, habiéndose ya cumplido los trámites prescritos en la normativa y en virtud a lo requerido por Subsecretaria de Pesca, para continuar con la tramitación de la correspondiente solicitud de concesión de acuicultura, la Titular mediante este acto viene en presentar la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) ante el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).
§ I.6 Justificación de la localización
Por su ubicación, el proyecto no presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos. Se pone en antecedente de ello a la CONAMA, con el objeto de dar cumplimiento al Art. 11, literal (a) de la Ley 19.300 y el Art. 5 del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.
El proyecto no genera efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire en ninguna de sus etapas, según lo indica el Art.11, literal (b) de la Ley 19.300 y el Art. 6 del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.
La instalación del proyecto no involucra reasentamiento de comunidades humanas, ni alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. Este antecedente permite evaluar el cumplimiento de lo señalado en el Art. 11, literal (c) de la Ley 19.300 y el Art. 8 del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.
El proyecto contempla la protección a recursos, áreas susceptibles y al valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. Se entrega esta información con el objeto de dar cumplimiento al Art.11, literal (d) de la Ley 19.300, y el Art. 9 del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.
El proyecto contempla la protección del valor paisajístico y/o turístico, para dar cumplimiento a lo establecido en el Art.11, literal (e) de la Ley 19.300 y el Art. 10 del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.
La actividad propuesta se realizará íntegramente en el medio marino, por lo que se concluye que este proyecto no constituye riesgo alguno para el patrimonio arqueológico que pudiera existir en el área. Esta información se pone a disposición de CONAMA para evaluar el cumplimiento de lo establecido en Art.11, literal (f) de la Ley 19300 y el Art. 11, literal (c) del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.
No se generarán o presentarán alteraciones sobre el patrimonio cultural, según lo establecido en Art.11, literal (f) de la Ley 19.300 y el Art. 11, literal (d) del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.
El proyecto no se encuentra emplazado en ninguna zona latente o saturada por algún contaminante, según exige la Ley Nº 19.300.
El proyecto no constituye riesgo para la presencia de especies vulnerables de flora marina nativa, de fauna marina vulnerable o en vías de extinción, para dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 6, literal (m) del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.
I.7 Monto estimado de la inversión
Se estima una inversión de US$ 1.500.000
I.8 Mano de obra utilizada en el proyecto
Etapa
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Mano de obra
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Levantamiento de información
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3 personas
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Etapa de construcción
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10 personas
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