Casación en el fondo, 18 de junio de 1998. Compañía Minera Tamaya - Núm. 2-1998, Mayo 1998 - Revista de Derecho y Jurisprudencia y Gaceta de los Tribunales - Libros y Revistas - VLEX 228283906

Casación en el fondo, 18 de junio de 1998. Compañía Minera Tamaya

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Conociendo del recurso de casación en el fondo

LA CORTE

Proveyendo a fojas 513 y 525: A lo principal, téngase presente. Al otrosí, a sus antecedentes.

Proveyendo a fojas 523, téngase presente. Proveyendo a fojas 524, no ha lugar.

Vistos:

  1. ) Que en estos autos se ordenó dar cuenta del recurso de casación deducido a fojas 501, ello de conformidad a lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil;

  2. ) Que esta disposición permite el rechazo inmediato del recurso si, en opinión unánime de los integrantes de la Sala, éste adolece de manifiesta falta de fundamento;

  3. ) Que a esta conclusión ha llegado el tribunal, pues las normas que se dicen infringidas han sido correctamente aplicadas por los jueces de la instancia y están acordes con lo resuelto por esta misma Corte en juicios similares sobre la materia en el sentido de que lo dispuesto en el artículo 96 del Código de Minería regula en su numerando 3º la extinción de pertenencias por prescripción, por lo que resulta improcedente atribuir a la acción intentada en estos autos el carácter de imprescriptible, siendo aplicable la disposición legal señalada conforme a lo razonado en el recurso de inaplicabilidad interpuesto en el proceso.

  4. ) Que a mayor abundamiento y en relación a la suspensión del plazo de prescripción que habría operado en favor de la recurrente, cabe tener presente que esta alegación es incompatible con las demás argumentaciones del recurso toda vez que...

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