La carga tributaria y la evasión en la historia y en el derecho de la antigüedad - Parte primera. Introducción - La evasión tributaria - Libros y Revistas - VLEX 976426924

La carga tributaria y la evasión en la historia y en el derecho de la antigüedad

AutorArmando Giorgetti
Cargo del AutorProfesor de la Universidad de Cagliari
Páginas31-54
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LA EVASIÓN TRIBUTARIA
CAPÍTULO II
LA CARGA TRIBUTARIA Y LA EVASIÓN EN LA
HISTORIA Y EN EL DERECHO DE LA ANTIGÜEDAD
1. RESUMEN HISTÓRICO SOBRE LA EVASIÓN TRIBUTARIA
Las escasas noticias que nos han llegado sobre la vida económica de los pue-
blos de la antigüedad y, por tanto, sobre la actividad estatal de aquella época, no
autorizan un estudio histórico exhaustivo del fenómeno de la evasión tributaria a
lo largo de los siglos; ni tamp oco una averigua ción comp leta sobr e los sistemas
aplicados en las diversas época s por quie nes regían la cosa pública para poner
remedio a tal fenómeno. Corresponde, por tanto, limitar la observación a aquellas
pocas huellas que la historia de los pueblos nos ha trasmitido para los diversos
períodos y que permiten, aun así, entrever con cierta aproximación la evolución de
un fen ómeno histórico que se ha presentado en forma continua en todos los tiem-
pos y en todos los países y que en los ordenamientos jurídicos de la Roma antigua
alcanzó una reglamentación singular y que representa, como quiera que sea, un
ejemplo no caduco de sabia in tuición jurídica, política y social.
Corresponde tener en cuenta, por cierto, que la aplicación de los tributos y el
desenvolvimiento de los sistemas impositivos —como concreta manifestación de la
actividad financiera y fiscal del Estado ender ezada a la búsqueda de medios finan-
cieros destinados a satisfacer las necesidades colectivas—, ha debido tener como
imprescindible presupuesto la aparición de la institución jurídica de la propiedad
privada. Mientras la tierra es propiedad colectiva del grupo y la gente de los clanes
tiene libre acceso para el pastoreo y la caza en el territorio de la tribu, no existe el
problema de finanzas públicas en el sentido que le atribuye la civilización moder-
na. Por otra parte, desenvolviéndose la actividad económica primitiva mediante el
sistema de trueque, aparte de dificultar la expansión comercial, hacía prácticamente
imposible la obtención de réditos personales tales como para consentir la difusión
de situaciones económica s de privilegio.
La invención de la moneda real, como medio de cambio y medida de los valores
—además de ser medi o de pago y valor intrínseco en el tiempo y en el espacio—, da
origen a la institución peculiar de la civilización económica: nos referimos al ahorro
y, por tanto, a la formación del capital y de la propiedad privada.
Si bien ciertos antecedentes sobre los sistemas tributarios nos permiten bos-
quejar con relativa aproximación los sistemas fiscales de la a ntigüedad que só lo
hicieron época desde las comunas, no faltan noticias relativas a l a imposición en los
tiempos anteriores.
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ARMANDO GIORGETTI
El emperador Darío, recordado por Heródoto por la actividad financiera y
fiscal desarrollada por este sabio gobernante, realizó un original sistema tributario
instaurando el principio d e la imposición por cuota. De Jenofonte y Aristóteles nos
han llegado escr itos relativos a proyectos de reorde namiento y de perfecciona-
miento de las finanzas públicas del Estado ateniense y para una equitativa aplica-
ción de los tributos, que ya en aquel tiempo se extendían desde los impuestos a la
propiedad hasta los gravámenes al comercio, a las cortesanas y a diversas formas
de liturgias.
Pero contemporáneamente con la a parición y la marcha progresiva de los
sistemas tributarios, como también con el acrecentamiento de las imperfecciones
propias de cualqu ier ordenamie nto fiscal, e l natural fen ómeno humano de la
oposición y de la resistencia a la obligación tributar ia, fundado en una distinta
apreciación de intereses opuestos, fue encontrando concreta actuación en la eva-
sión tributaria. Esto ha quedado históricamente documentado en todas las épocas.
Y j unto con ello nos han llegado recuerdos de los métodos excogitados durante la
marcha, para impedir o frenar l a falta de cumplimiento de las obligaciones con-
tributivas: obligaciones que según es bien sabido, dur ante mucho tiempo han
representado un signo tangible de sometimiento y de servidumbre del individuo
al poder del Estado. Además, como en aquellos días no se tenía ninguna idea de
los derechos subjetivos de la persona —para hacer valer aun con respecto a l Esta-
do—, es fácil comprender cómo la única forma posible de resistencia pasiva con-
tra las arbitra riedades y los excesos de la imposición, tuvo que se r la evasión
tributaria.
Las limosnas, por ejemplo, constituían una severa obligación para el pueblo
hebreo; quienes las evadí an se hacían pasibles de severas sancione s corporales.
Quienquiera intentase sustraerse al pago de este tributo era azotado públicamen-
te. Pe ro, como e s sabido, en la a ntigüedad las ob ligacione s fiscales también
comprendían prestaciones en especie o personales, y los tributos eran de diversos
tipos. Igualmente en el pueblo hebreo regía la obligación del pago de la décima
parte de las rentas, como medida mínima impositiva, en tanto que los más gene-
rosos entregaban a las arcas del fisco el quinto de sus rentas. Zoroastro, entre los
varios preceptos religiosos que d ictó al pueblo persa, había incluido, por ejem-
plo, aquel que establecía q ue en ocasión de los banquetes religiosos —en esa
época bas tante frecuentes— los ricos debían cuidar que se enviase a los pobres de
la comuni dad alimentos y dinero, a fin de que éstos p udiesen particip ar con
dignidad en la fiesta que se celebraba. También es verdad que este sabio oriental
había cargado a sus adeptos de numerosos tributos y servicios, bastante gravosos
por cierto , cuando no real mente excesivos. S e cuenta que llegó a reglamentar
hasta el cumplimiento de las obligaciones conyugales, imponiendo fidelidad ab-
soluta al hombre y fijando la observancia del deber marita l por lo menos cada
nueve días1. Pero también el pueblo israelita era agobiado por pesados deberes,
en los cuales se fundía el carácter religioso del precepto con el tributario y debía
cumplirlos ya en especie, ya en dinero.
El hebreo estaba obligado a prestar ayuda y socorro aun a los animales de s u
enemigo si, oprimidos por la carga, se caían en la calle; o debía conducirlos hasta
donde estaba su propietario si los ha llaba perdidos.
1M. GIOIA,Nuovo prospetto delle scienze economiche, Milano, 1816, vol. V, p. 10.

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