Decreto 179 - MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'CONCESIÓN RUTA 5 NORTE. TRAMO: VALLENAR-CALDERA' - MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 392483306

Decreto 179 - MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'CONCESIÓN RUTA 5 NORTE. TRAMO: VALLENAR-CALDERA'

EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor 3 de Agosto de 2012

MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA "CONCESIÓN RUTA 5 NORTE. TRAMO: VALLENAR-CALDERA"

Núm. 179.- Santiago, 5 de abril de 2012.- Vistos:

- El DFL MOP Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y del DFL Nº 206, de 1960, Ley de Caminos.

- El decreto supremo MOP Nº 900, de 1996, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL MOP Nº 164, de 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas, en especial su artículo 19º.

- El decreto supremo MOP Nº 956, de 1997, Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas, en especial el artículo 69º.

- El decreto supremo MOP Nº 14, de fecha 8 de enero de 2009, que adjudicó el contrato de concesión para la ejecución, conservación y explotación de la obra pública fiscal denominada "Concesión Ruta 5 Norte. Tramo: Vallenar- Caldera".

- La carta SCVDD-IF-620/10, de fecha 6 de octubre de 2010, de Sociedad Concesionaria Valles del Desierto S.A.

- La carta SCVDD-IF-763/11, de fecha 7 de enero de 2011, de Sociedad Concesionaria Valles del Desierto S.A. La carta SCVDD-IF-889/11, de fecha 8 de marzo de 2011, de Sociedad Concesionaria Valles del Desierto S.A.

- La resolución DGOP (exenta) Nº 1.250, de fecha 29 de marzo de 2011.

- La carta SCVDD-IF-1238/11, de fecha 9 de septiembre de 2011, de Sociedad Concesionaria Valles del Desierto S.A.

- El oficio Ord. Nº 1557 CCDC 127, de fecha 30 de septiembre de 2011, del Inspector Fiscal.

- El oficio Ord. Nº 256, de fecha 14 de octubre de 2011, de la Jefa de la División de Construcción de Obras Concesionadas.

- El oficio Ord. Nº 4439, de fecha 14 de octubre de 2011, del Coordinador de Concesiones de Obras Públicas.

- La resolución DGOP (exenta) Nº 4.378, de fecha 21 de octubre de 2011.

- La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fijó normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

- Que los artículos 19º de la Ley de Concesiones de Obras Públicas y 69º de su Reglamento, establecen que el Ministerio de Obras Públicas, desde que se perfeccione el contrato, podrá modificar, por razones de interés público, las características de las obras y servicios contratados.

- Que el artículo 69º Nº 4 del Reglamento agrega que el Director General de Obras Públicas, con el Visto Bueno del Ministro de Obras Públicas y del Ministro de Hacienda, por razones de urgencia, podrá exigir la modificación de las obras y servicios desde el momento que lo estime conveniente, aunque esté pendiente la determinación...

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