Capítulo V: Historia del Procedimiento de Cambio de Nombre en Chile - Tercera parte - El nombre como elemento distintivo de los sujetos de Derecho: Análisis de la Ley 17.344 - Libros y Revistas - VLEX 951350995

Capítulo V: Historia del Procedimiento de Cambio de Nombre en Chile

Páginas115-130
EL NOMBRE COMO ELEMENTO DISTINTIVO DE LOS SUJETOS DE DERECHO 115
Editorial El Jurista
caPítulo V
hIstorIa del ProcedImIento de
cambIo de nombre en chIle
Para encontrar una génesis jurídica relacionada con la
normativa sobre cambio de nombre en nuestro país, es in-
dispensable en primer lugar elaborar imaginariamente una
línea de tiempo, la cual debe principiar con el momento en
que aún no nos independizábamos y formábamos parte de
un vasto territorio conquistado por la Corona Española.
Las disposiciones legales emanadas de España se en-
frentaron en diversas oportunidades a la práctica social for-
jada por la conquista, y es precisamente a partir de dicho
conicto en que se generaron las instituciones coloniales
americanas. De esta forma, éstas estuvieron marcadas desde
sus inicios por un complejo sistema de equilibrios y contra-
pesos en los que los distintos estamentos, los conquistado-
res, los letrados, el clero y los indígenas, se veían represen-
tados, a la vez que les aseguraba una posición social y se
le imponían derechos y obligaciones legales a cada uno de
ellos.
El siglo XVI fue un período de continuos ensayos admi-
nistrativos y jurídicos, en los que se concibieron las institu-
ciones coloniales. Éstas llegaron a su madurez en la década
ADRIANA APPEL GALECIO
116
Editorial El Jurista
de 1570, cuando se implantaron de manera denitiva las
instituciones sociales y administrativas básicas de la socie-
dad colonial en gran parte de América, como la Real Au-
diencia que se ocupó de velar por el cumplimiento del De-
recho Indiano. En el caso chileno, la transición demoró un
poco más, debido a la inestabilidad que generaba la guerra
de Arauco139.
En el siglo XVII, la Corona Española asume la tarea de
recopilar y ordenar el extenso cuerpo jurídico elaborado
para las Indias. Fruto de ello fue la promulgación en 1680 de
la Recopilación de las Leyes de los Reinos de las Indias, en
la que se recogieron todas las leyes relativas a América, que
abarcan ámbitos tan diversos como el Derecho Penal, Pro-
cesal, Minero, Laboral, Comercial y Administrativo, entre
otros. Sin embargo, a pesar de la inmensa cantidad de leyes
elaboradas para América, existían ámbitos en los que la au-
sencia de disposiciones especícas para las colonias obliga-
ba a aplicar de manera supletoria el Derecho de Castilla140.
Clara manifestación de lo anterior lo encontramos respecto
a la regulación sobre el nombre.
Como bien se ha expuesto anteriormente, hay indicios
encontrados en documentación de aquel entonces, particu-
larmente en cartas de los conquistadores a la Corona Espa-
ñola, donde podemos inferir que quienes habitaban nues-
tras tierras hasta antes de la conquista, empleaban sistemas
139 E. CRUZ et alii., “La gran guerra mapuche 1536-1883 y su proyección en la
literatura chilena y española”, Centro de Estudios Miguel Enríquez, p 3.
Disponible en: http://www.archivochile.com/Pueblos_originarios/
cultura_tradi/POcultradi0011.pdf [Visitado el 28/08/2016].
140 Memoria Chilena Biblioteca Nacional de Chile, 2016, “Ordenamien-
to Jurídico y administrativo de Chile Colonial El Derecho Indiano”, Dis-
ponible en: http://www.memoriachilena.cl/602/w3-article-598.html
#presentacion [Visitado el 05/08/2016].

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