Capítulo IV: Teoría social y económica cristiana - Parte general - La cuestión social. Principios fundamentales para su estudio y solución - Libros y Revistas - VLEX 976413624

Capítulo IV: Teoría social y económica cristiana

Páginas97-138
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La Cuestión soCiaL
PrinCiPios fundamentaLes Para su estudio y soLuCión
caPítulo iV
teoría social y econóMica c ristiana1
73. No hace falta demostrar la gran importancia de la materia del
presente capítulo. Si en los dos anteriores tuvimos que tratar de la
refutación de los errores sobre la materia, ahora nos toca exponer y
demostrar la verdad. A este n pondremos en claro los principios fun-
damentales; y enseguida, en la segunda parte, trataremos de la apli-
cación de estos principios a las diferentes materias de controversia,
como la cuestión agraria, la cuestión obrera, etc. El capítulo presente
forma como el centro de todo nuestro trabajo sobre la cuestión social.
74. Llámase orden social y económico cristiano el que está constitui-
do conforme a los preceptos de la religión cristiana y, por decirlo así,
brota espontáneamente de sus mismas raíces. En oposición a las ideas
oscuras y confusas de algunos protestantes2, armamos con certeza
que la revelación y la Sagrada Escritura, única fuente de revelación
1 Encíclicas de León XIII, Rerum novarum, del 15 de mayo 1891, e Immortale Dei, del 1.º
de Noviembre 1885; H. peSch, Lehrbuch der Nationalökonomie, Friburgo, 1905; Liberalismus,
Socialismus und christl. Gesellschaftsordnung, 2.a edición; coStA-roSSetti, Allgemeine Grund-
lagen der Nationalökonomie, Freiburg, 1888; bAron v. hertling, Naturrecht und Socialpolitik
(Kleine Schriften zur Zeitgeschichte u. Politik., pág. 248 y sigs.); teodoro. meyer, Die Arbei-
terfrage und die christl. ethischen Socialprincipien (Die soz. Frage beleuchtet durch die Stimmen
aus M. Laach, cuaderno 1); victor cAthrein, S. I., Moralphilosophie, tomo II. 2.a parte; coS-
tA-roSSetti, Philosophia moralis, 2.a edición, pág. 747 y sigs.; Alberto WeiSS, O. P., Soziale
Frage und sociale Ordnung, 3.a edición; rAtzinger, Die Volkswirtschaft, in ihren sittl. Grundla-
gen, 2.a edición, Wiener sociale Vorträge der Leo Gesellschaft pág. 5; kolb S. I., Conferenzen über
die sociale Frage, 2.a edición; Antoine, Cours d’économie sociale, pág. 223 y sigs.; devAS-kAem-
pfe, Grundsätze der Volkswirtschaftslehre. Véase también philippovich, Grundriss, pág. 360.
2 «La opinión de que en el Evangelio se encuentran principios determinados, para la cons-
titución política de las relaciones humanas, y aun estatutos especiales para ellas, la con-
sidero como una equivocación de lamentables consecuencias. Esta idea no tiene funda-
mento en la Escritura, contradice al Evangelio, tal sobre todo como lo entiende la iglesia
evangélica en oposición a Roma». «El pretender que la Iglesia tiene exigencias sociales, o
lo que es lo mismo, que esas exigencias se contienen en el Evangelio, es incurrir en el error
católico romano.» F. M. zAhn, Monatschrift für innere Mission, tomo XV, abril 1895, pág.
171 y 174. Sobre la política social y la moral protestante véase WAlter, Socialpolitik und
Moral, pág. 204 y siguientes.
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Joseph Biederlack
según los protestantes, encierran muchas doctrinas que inmediata
y directamente se relacionan con el orden social y económico; basta
citar solamente los siete últimos mandamientos del decálogo. Perte-
necen además a la revelación cristiana, muchas verdades de las que,
mediante un raciocinio, rigorosamente lógico, se derivan consecuen-
cias importantes para la organización del orden económico y social,
y también estas verdades, derivadas como consecuencia lógica de las
verdades explícitamente reveladas, pertenecen al depósito de la fe. La
Iglesia que ha recibido el encargo de conservar intacto el tesoro de las
verdades reveladas tiene la misión de velar para que esas verdades
no se nieguen, u olviden, u oscurezcan con falsas y mal deducidas
conclusiones. Hay que conceder, sin embargo, que muchas cosas, que
al orden económico y social se reeren, caen bajo el arbitrio de la liber-
tad y del juicio prudente de los hombres. Con razón escribe León XIII
en la Encíclica de los obreros: «con plena conanza abordamos este
tema (de indicar los remedios de la crisis social) en la convicción de
que nos corresponde hablar..., porque la Iglesia es, la que con el tesoro
de las doctrinas del Evangelio, tiene inuencia poderosa para calmar
la lucha o hacerla siquiera menos áspera y más llevadera»3.
75. A las verdades del cristianismo que, como columnas fundamen-
tales tienen que sostener todo el orden económico y social, pertenecen
las siguientes: 1) Hay un Dios extramundano, personal e innito; Él
ha creado todo lo que fuera de Él existe, y también al hombre, quien
por lo tanto tiene que someterse por completo a Dios. Dios es, el pri-
mer principio y el último n de todas las cosas; y el hombre, como
todas ellas, ha sido criado para la gloria de Dios. Siendo El sustancia
puramente espiritual, no podremos demostrar su existencia por expe-
rimentos físicos o químicos; pero de la existencia de los seres nitos
y mudables deduce la razón humana la existencia de un ser inmu-
table e imperecedero, y por lo tanto, puramente espiritual y eterno,
que llamamos Dios. Luego el materialismo, que hoy se llama también
monismo, es falso y absurdo: también lo es, en sus diversas formas,
el escepticismo, que niega al hombre la facultad de llegar al conoci-
miento cierto de la verdad y, por consiguiente, al conocimiento cierto
de la existencia de Dios4. Es falsa, igualmente, e insostenible la teo-
ría darwiniana evolucionista que no admite la creación del hombre,
y supone que procede por evolución de una sustancia inferior que
se desarrolla gradualmente, hasta llegar a la sustancia corpórea in-
telectual. 2) El hombre por su naturaleza es un compuesto de cuerpo
3 Encíclica Rerum novarum, edición de herder, pág. 24.
4 Véase el Concilio Vaticano, sesión III, Canon I y sigs. (de Deo Creatore). Canon I y sigs. (de
Revelatione).
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La Cuestión soCiaL
PrinCiPios fundamentaLes Para su estudio y soLuCión
material y corruptible, y de alma espiritual e inmortal. La vida del
hombre sobre la tierra es tiempo de prueba: si sale bien de ella, salva
su alma para la eternidad; si no sale bien, se pierde para siempre y se
hace eternamente desgraciado. Luego es falso y absurdo también el
deísmo, que si bien admite la existencia de Dios, niega su providencia
en el mundo y en el género humano. 3) La prueba para el hombre
consiste en el cumplimiento de toda la ley de Dios. Por la ley natural
ha impuesto Dios a todos los hombres deberes que se pueden dividir
en tres clases: deberes para con Dios, para con el prójimo y para con-
sigo mismo. Los deberes para con Dios se llaman también, deberes
religiosos en el sentido estricto de la palabra. Los deberes para con
el prójimo son de dos clases: deberes puramente morales y deberes
jurídicos. Los deberes jurídicos suponen en aquel a quien nos obligan
la existencia de un derecho. A los deberes que todo hombre tiene para
consigo mismo pertenece ante todo la obligación de salvar su propia
alma, y por lo tanto, de cumplir todos los deberes para con Dios y para
con el prójimo. 4) Dios creó a la primera pareja humana en justicia y
santidad que debían trasmitirse a todos sus descendientes. Pero los
primeros hombres pecaron, y en castigo de su pecado perdieron para
sí, y para todos sus descendientes, la santidad de la justicia original.
Todos los hombres ahora, puesto que todos descienden de Adán y
Eva, nacen con el pecado de origen; y para cumplir la ley divina tienen
que sostener una lucha dura y continua contra sí mismos, y para salir
victoriosos de esta lucha necesitan de la gracia de Dios. Como secuela
del pecado de nuestros primeros padres la vida terrena del hombre
está llena de miserias y de dolores.
§ i. constitución cristiana de la socieda d
76. Los hombres están ligados entre sí por mutuos deberes y de-
rechos. Lo que origina y regula esos derechos y deberes es la ley y la
libertad. El deber y el derecho, la ley y la libertad ordenan las relacio-
nes mutuas de los hombres entre sí. Donde quiera que se constituya
una sociedad, de cualquier especie que sea, se hace por la imposi-
ción de deberes y adquisición de derechos; los deberes se aceptan,
los derechos se coneren; si se renuncian los derechos y se suprimen
los deberes, la sociedad deja de existir. Según esto, constitución so-
cial cristiana es, la que se organiza según los derechos y deberes que
enseña la religión cristiana. La doctrina acerca de los mutuos debe-
res de los hombres es la siguiente: 1) Es falso a) que los deberes de
los hombres provengan en primer término de la ley civil o que, a lo
menos, es imposible jarlos con certeza si se prescinde de las dispo-
siciones del Estado. Esta es la opinión de los que niegan la existencia

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