Capítulo IV
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Editorial El Jurista
EL JURAMENTO ROMANO Y SU INFLUENCIA EN LA ACTUALIDAD 83
CAPÍTULO IV
Algunos Juramentos Especiales.
Dentro de este acápite haremos referencia a algunos juramen-
tos prestados en la actualidad, como una manera de analizar la evo-
lución de dichas promesas solemnes, junto con raticar la fuerza vin-
culante de esta institución tan antigua, pero completamente vigente.
A. Juramento Médico o Hipocrático.
Aquellas personas que hayan acabado con éxito los cursos
impartidos en la Facultad de Medicina en alguna de las Universida-
des reconocidas por el Estado generalmente se encuentran habilitadas
para ejercer la medicina, no quedando su ejercicio condicionado a la
inscripción al Colegio Médico de Chile, ya que su aliación actual-
mente es voluntaria.
Actualmente, la profesión de médico se encuentra encuadrada
según la organización social que adopta cada país, ya que en alguno
de ellos la profesión se puede desarrollar en forma libre, mientras que
en otros es prestada en forma parcial o totalmente dentro de los se-
guros sociales, incluso habiendo algunas naciones en que la medicina
está socializada y el médico es considerado como un funcionario del
Estado, como es el caso cubano.
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JUNIA MITZJI TELLO UNDURRAGA
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En el caso chileno se encuentra garantizada la protección a la
señala: “El Estado protege el libre e igualitario acceso a las acciones de
promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación
del individuo.
Le corresponderá, asimismo, la coordinación y control de las
acciones relacionadas con la salud.
Es deber preferente del Estado garantizar la ejecución de las ac-
ciones de salud, sea que se presten a través de instituciones públicas o
privadas, en la forma y condiciones que determine la ley, la que podrá
establecer cotizaciones obligatorias.
Cada persona tendrá derecho a elegir el sistema de salud al que
desee acogerse, sea éste estatal o privado.”
Así, sea cual fuere la reglamentación social de la profesión, el
médico debe ofrecer siempre al paciente una buena preparación cien-
tíca y una moralidad íntegra. Estas reglas de comportamiento no so-
lamente hacen alusión a la relación médico–paciente sino que deben
extenderse a cualquier profesional de la salud e incluso a la misma
sociedad, ya que está en juego muchas veces la integridad física y psí-
quica de cada persona.
Estas normas a que se hace alusión precedentemente, forman
lo que se ha llamado la deontología médica, las que hacen hincapié en
el contenido del famoso juramento hipocrático al que nos referiremos
más adelante. Es relevante mencionar que una de estas normas, a
modo ejemplar, dice relación con el secreto profesional, el que se en-
cuentra justicado, entre otras razones, por los asuntos tan delicados
que el profesional pudiese llegar a conocer durante su ejercicio, junto
al respeto que se le debe al paciente.
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