Capítulo II: Las partes y su capacidad - Título segundo - El régimen patrimonial de la familia - Libros y Revistas - VLEX 976843988

Capítulo II: Las partes y su capacidad

Páginas69-76
69
CAPÍTULO II
LAS PARTES Y SU CAPACIDAD
SUMARIO: 33. Intervención de los contrayentes. – 34. Capacidad en el
contrato de matrimonio. – 35. Capacidad de los menores. – 36. Declara-
dos en interdicción. – 37. Inhabilitados judiciales. – 38. Incapaces para
contraer matrimonio por impedimento dispensable de parentesco. – 39.
Sanción de la falta de asistencia de los incapaces.
33. inTerVención de los conTrayenTes. – Entre los requisitos especiales de
las convenciones matrimoniales se suele poner el de la intervención de los contra-
yentes, es decir de su intervención personal, “tratándose de un contrato tan solem-
ne, tan importante, de un contrato que establece las relaciones patrimoniales de los
novios para toda la duración del matrimonio”97. Pero la ley no pone ninguna regla
de esta índole, de manera que el consentimiento de las partes en las convenciones
matrimoniales podrá manifestarse por medio de mandato, siempre que sea auténti-
co, dada la forma del acto público exigida para dichas convenciones (arts. 162, 1392,
Cód. civ.), y si se trata de donación, que responda a los requisitos queridos por el
art. 778.
Por lo demás, no es exacto que de toda convención matrimonial sean partes
los dos novios, como hemos visto (cfr. n. 23). En una donación con ocasión del ma-
trimonio hecha por un tercero a uno de los contrayentes, no es parte el otro con-
trayente, y ni siquiera es necesario que la acepte el contrayente donatario (art. 785,
parágr., Cód. civ.); en general, no es parte tampoco la esposa en una constitución
de dote que otro haga mediante contra to en favor de tercero, concluído entre el
constituyente y el esposo (cf r. n. 79). En estos casos, pues, no tiene lugar el con-
sentimiento de uno de los novios, ni personalmente ni manifestado en otra forma.
Concluímos, pues, que en nuestro derecho no hay una regla como la propues-
ta, y que para cada convención matrimonial será necesario el consentimiento de los
que sean partes en ella, manifestado eventualmente también por medio de repre-
sentantes.
97 E. BIANCHI, Contr. di matr., n. 46.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR